Bogotá, D.C., martes 17 de mayo de 2016. La Sala de Casación Laboral, en sesión del día cuatro (4) de mayo de dos mil dieciséis (2016), acordó que a partir de la fecha los autos mediante los cuales se reconoce personería jurídica, se requiere para que se acredite la calidad de abogado, y se ordena la expedición de copias, deben ser expedidos únicamente por el magistrado ponente.
[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/not/laboral/instructivosalalaboral18052016.pdf»]Instructivo Sala Laboral