FUERO INDÍGENA
- Elementos: elemento personal, no se cumple cuando se ha surtido un proceso de aculturación, que se da cuando se rompe todo nexo con la comunidad nativa y no por el simple hecho de haber recibido educación de la comunidad mayoritaria o haber adoptado su estilo de vida
- JURISDICCIÓN INDÍGENA – Factor de congruencia: la contraposición con la Constitución Política no se determina por la diferencia entre las sanciones de la comunidad indígena y las del Código Penal, lo cual se analiza como parte del elemento institucional del fuero indígena
- Elementos: elemento institucional, la sanción establecida por la comunidad indígena, aun cuando no se asimile a la fijada por la comunidad mayoritaria, no impide el reconocimiento del fuero indígena
Descargue aquí la providencia SP15508-2015(46556)