Bogotá, D.C., 29 de agosto de 2016. La Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable a la extradición del ciudadano argentino Juan Carlos Francisco Bossi, solicitado por el gobierno de su país para ser procesado por los delitos de homicidio agravado, privación ilegal de la libertad e imposición de tortura.
La decisión se tomó en virtud de la causa que cursa en contra del procesado en el Juzgado Federal No. 4 de Rosario, Secretaría Sala de Casación Penal de Derechos Humanos, en la cual se calificaron esos punibles como crímenes de lesa humanidad y respecto de ellos se predicó la imprescriptibilidad de la acción penal, lo que concuerda plenamente con el marco constitucional colombiano.
Para la Sala de Casación Penal el reconocimiento de la calificación de lesa humanidad de los delitos atribuidos a Juan Carlos Francisco Bossi, realizada por la autoridad judicial argentina, permite concluir que el término de prescripción máximo previsto para los delitos imputados al requerido no ha sido superado porque el auto a través del cual se ordenó su comparecencia para recibirle en declaración indagatoria, se profirió el 17 de marzo de 2011.
“De esta manera, se cumple la condición referida a la existencia de una decisión judicial que comporte cuando menos afectación del derecho a la libertad de la persona requerida” señala la decisión.
De acuerdo con la solicitud del gobierno argentino los hechos por los que es requerido el ciudadano de ese país, tuvieron lugar en el marco de los delitos perpetrados a partir del 24 de marzo de 1976, “cuando las Fuerzas Armadas derrocaron al gobierno constitucional presidido por María Estela Martínez de Perón, dentro específicamente de la órbita territorial operacional del Comando del Segundo Cuerpo de Ejército que abarcaba a las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Misiones y Formosa, y tenía su asiento en la Ciudad de Rosario”.