Bogotá, D.C., 2 de noviembre de 2017. Tras declararlo responsable de una serie de conductas constitutivas de corrupción en la Cámara de Representantes, la Corte Suprema de Justicia condenó al suspendido gobernador del departamento de Amazonas, Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, a 14 años y 7 meses de prisión y al pago de 648 salarios mínimos de multa y $611.437.246 por indemnización de perjuicios.
Durante el desarrollo del proceso, la Sala de Casación Penal estableció que Carebilla Cuéllar se convirtió en un “mercader” de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) a su cargo, al utilizarla como una “empresa particular” cuyo único objetivo fue su propio lucro, haciendo a un lado los deberes legislativos. “Tareas que debió enaltecer, máxime cuando era uno de los dos únicos Representantes de la comunidad amazonense en el poder legislativo”.
En esas conductas, realizadas con voluntad y conocimiento, la Corte comprobó la participación del excongresista en los delitos de peculado, cohecho impropio, falsedad ideológica en documento público agravada por el uso y concusión.
Según la sentencia, el exrepresentante Carebilla Cuéllar “ofreció en venta cargos públicos al mejor postor, designó formalmente a personas que nunca cumplieron labores y, no obstante ello, recibían emolumentos de los que se beneficiaron a aquellos; certificó falsamente cumplimiento de labores que nunca desempeñaron; solicitó indebidamente a sus subalternos de hecho el pago de obligaciones contraídas por él ‘por interpuesta persona’ así como el arreglo de su vehículo automotor oficial y la financiación de gastos de campañas políticas en las elecciones locales del año 2007 en el departamento del Amazonas”.
La UTL “fue convertida en una empresa particular cuyo único objetivo fue el lucro, haciendo a un lado las funciones constitucionales y legales asignadas a Carebilla Cuéllar para convertirse en un mercader, mancillando los fines constitucionales del poder legislativo que abarcan diferentes funciones como la (i) constituyente; (ii) legislativa en sentido estricto; (iii) de control político; (iv) judicial; (v) electoral; (vi) administrativa; (vii) de control público; y, (viii) de protocolo.
“Estas fueron reemplazadas por conductas que deshonraron el buen nombre y ejercicio de la labor legislativa, razón por la que los ilícitos por los que se condena a Carebilla Cuéllar fueron realizados con intención y propósito de vender la función pública, alterar la verdad, de apropiarse de dineros del Estado así como la de solicitar utilidades indebidas, abusando de su cargo y de sus funciones”, consigna la providencia.
Según el pronunciamiento, el exrepresentante concibió la UTL como un medio para pagar favores políticos y promesas de campaña, permitiendo hasta que miembros de una sola familia heredaran los cargos una vez se retiraban de la misma. En época preelectoral suscribió pacto para comprometer salarios asignados a servidores que la integraran, incluso con personas inhabilitadas para ejercer cargos públicos. Comportamiento que prueba el fin lucrativo proyectado y deja entrever la falta de decoro con la cosa pública.
Para el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, es claro que Carebilla Cuéllar cometió conductas que constituyen corrupción al: “(i) vender un acto de autoridad respecto de la facultad que la Ley le otorgó para postular a los integrantes de la UTL, la que debió ejercer con transparencia, pulcritud y buena fe, lo que le permitió postular nombramientos con la finalidad de que esas personas accedieran a una mejor mesada pensional; (ii) falsear la realidad para favorecer a sus amigos y cumplir acuerdos políticos anteriores a su elección como congresista, sin que le importara las inhabilidades impuestas por autoridad competente a estos –Procuraduría General de la Nación–; (iii) posibilitar la apropiación del erario por particulares –que no estaban vinculados formalmente– así como de quienes hizo nombrar; y, (iv) derivar provecho indebido, con abuso de función pública, al solicitar dinero para financiar campañas políticas locales, pagar cuotas de una motocicleta y gastos del valor del daño de la camioneta asignada por el Congreso de la República”.
Por lo anterior y ante otros presuntos delitos que pudieron ocurrir durante el trámite del expediente, la Sala remitió copia de la sentencia a la Fiscalía General de la Nación para que se adelanten las investigaciones correspondientes contra allegados al dirigente político y las personas que participaron en la perpetración de sus conductas delictivas, así como a la Unidad Nacional de Gestión y Parafiscales –UPPG– respecto a dos pensiones al parecer reconocidas ilegalmente, y al Ministerio del Interior, para que disponga lo pertinente respecto a la Gobernación del departamento de Amazonas
[…] fue encarcelado y luego condenado en 2017 por la Corte Suprema de Justicia que comprobó que había utilizado el dinero de su Unidad de Trabajo Legislativo para gastos propios. Fue […]