Bogotá, D. C., 14 de julio de 2018. La Corte Suprema de Justicia se abstuvo de abrir proceso penal contra el senador Álvaro Uribe Vélez por fraude al sufragante, tras desvirtuarse que haya podido incurrir en esa conducta en desarrollo de las campañas del No en el plebiscito refrendatorio de los acuerdos de paz del 2 de octubre de 2016.
En la investigación preliminar adelantada por la Sala Tercera de Instrucción, la Sala de Casación Penal practicó pruebas, recibió testimonios e indagó el contenido de sus pronunciamientos públicos –en declaraciones de prensa, discursos y redes sociales–, que la llevaron a concluir que ninguno de los actos del expresidente Uribe lo involucran en el delito contra los mecanismos de participación democrática por el cual fue denunciado.
La Corte determinó que las acciones del senador en esa campaña tuvieron carácter eminentemente político, y fueron legítimas en el ámbito del debate democrático previo a la celebración del plebiscito del 2 de octubre de 2016. Además, encontró que las revelaciones posteriores a esa fecha del dirigente Juan Carlos Vélez, gerente de campaña “La paz es de todos”, no implican responsabilidad alguna del congresista Uribe Vélez.