{"id":60516,"date":"2023-08-01T13:33:17","date_gmt":"2023-08-01T18:33:17","guid":{"rendered":"https:\/\/cortesuprema.gov.co\/corte\/?p=60516"},"modified":"2023-08-01T13:45:36","modified_gmt":"2023-08-01T18:45:36","slug":"corte-suprema-radica-proyecto-de-nuevo-codigo-procesal-del-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cortesuprema.gov.co\/corte\/index.php\/2023\/08\/01\/corte-suprema-radica-proyecto-de-nuevo-codigo-procesal-del-trabajo\/","title":{"rendered":"Corte Suprema radica proyecto de nuevo C\u00f3digo Procesal del Trabajo"},"content":{"rendered":"<p><strong>Bogot\u00e1, D.C., martes 1 de agosto de 2023.<\/strong> La Corte Suprema de Justicia puso este martes a consideraci\u00f3n del Congreso la propuesta legislativa de un Nuevo \u201cC\u00f3digo Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social\u201d, iniciativa liderada por la Sala de Casaci\u00f3n Laboral de la corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se trata de una propuesta integral, sistematizada y coherente para regular los asuntos que son de conocimiento de la justicia en su especialidad laboral y de la seguridad social, adoptando un sistema jur\u00eddico acorde a las realidades sociales y tecnol\u00f3gicas actuales, con el fin de proteger los derechos que surgen en las relaciones laborales, asegurar una justicia laboral eficiente a tono con las necesidades del Siglo XXI.<\/p>\n<p>El nuevo C\u00f3digo propuesto por la Corte -el cual incluye las opiniones, comentarios y sugerencias de la academia, abogados, jueces y magistrados de los Distritos Judiciales-, busca aprovechar los avances tecnol\u00f3gicos y la virtualidad para agilizar los procedimientos laborales, permiti\u00e9ndoles a los trabajadores, empleadores y entidades gubernamentales interactuar de forma r\u00e1pida y segura, reduciendo tr\u00e1mites innecesarios y facilitando el acceso a la justicia.<\/p>\n<p>En la exposici\u00f3n de motivos de este proyecto, la Corte tuvo en cuenta que el estatuto que gobierna los procedimientos laborales fue expedido en 1948 y convertido en legislaci\u00f3n permanente ese mismo a\u00f1o. Esa normativa se encuentra rezagada por el paso de los a\u00f1os, pues los cambios que se le han dado a trav\u00e9s de distintas leyes \u201cno han cumplido a cabalidad con las motivaciones que las inspiraron, como era el de dar una mayor agilidad y claridad a las ritualidades que gobiernan los juicios del trabajo, en pro de contribuir a una pronta y cumplida administraci\u00f3n de justicia\u201d.<\/p>\n<p>La Corte tambi\u00e9n considera que persisten vac\u00edos, ambig\u00fcedades y lagunas en la normatividad, lo cual ha llevado a que, en los juicios laborales, en lugar de tener una mayor claridad y celeridad, haya caos y disparidad de criterios. Por esto, el Nuevo C\u00f3digo propuesto por el m\u00e1ximo tribunal de la justicia ordinaria busca no solo modernizar la normativa, sino tambi\u00e9n ordenar lo que existe de forma coherente y estructurada.<\/p>\n<p>As\u00ed, el estatuto que la Corte propone al Congreso establece procedimientos claros y \u00e1giles, por ejemplo, para el reconocimiento de prestaciones, indemnizaciones y derechos adquiridos, fortaleciendo los mecanismos de inspecci\u00f3n y vigilancia. Tambi\u00e9n fomenta la conciliaci\u00f3n y la resoluci\u00f3n pac\u00edfica de los conflictos, entre otros ajustes y cambios.<\/p>\n<p><strong>Algunos de los aspectos que el proyecto propone renovar son los siguientes:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Se establece que la jurisdicci\u00f3n ordinaria en las especialidades laboral y de la seguridad social debe conocer pr\u00e1cticamente todas las controversias derivadas de las relaciones del trabajo, haciendo algunas excepciones y exclusiones.<\/li>\n<li>Dada la implementaci\u00f3n de las TIC en la justicia virtual, el proyecto regula de forma aut\u00f3noma el uso de esas tecnolog\u00edas, as\u00ed como la validez y gesti\u00f3n de las actuaciones, comunicaciones y memoriales que se env\u00edan usando esas herramientas. Tambi\u00e9n lo relacionado con las notificaciones.<\/li>\n<li>Se regulan de mejor forma los requisitos para presentar una demanda, teniendo en cuenta la virtualidad, as\u00ed como las causales para inadmitir.<\/li>\n<li>El nuevo C\u00f3digo propone suprimir los procesos de \u00fanica instancia para que estas controversias, por su impacto social, sean tramitadas en dos instancias.<\/li>\n<li>Se fijan reglas m\u00e1s claras y precisas sobre a qu\u00e9 juez le corresponde conocer determinado proceso, con lo cual se espera que disminuyan en gran medida los conflictos de competencia que hoy son recurrentes, causando mora judicial y perjudicando a quienes acuden a la administraci\u00f3n de justicia.<\/li>\n<li>Se define el tr\u00e1mite de los procesos de ejecuci\u00f3n y lo concerniente a los t\u00edtulos ejecutivos.<\/li>\n<li>Se ampl\u00edan los asuntos que se tramitar\u00e1n por el procedimiento especial, en los que se incluyen los relacionados con la estabilidad laboral reforzada por fuero sindical, fuero circunstancial, fuero de maternidad, fuero por discapacidad, fuero de pre-pensionado, fuero derivado del acoso laboral, fijando un t\u00e9rmino de prescripci\u00f3n de 6 meses, lo cual permite una mayor agilidad en el tr\u00e1mite de estos asuntos.<\/li>\n<li>Se regula de manera integral la conciliaci\u00f3n y se determinan los requisitos a tener en cuenta por parte de los operadores judiciales para atender solicitudes relativas a ese mecanismo.<\/li>\n<li>Se acoge la figura de sentencia anticipada, pues hay circunstancias en las que algunas controversias se pueden resolver con mayor celeridad, sin tener que agotar todas las etapas.<\/li>\n<li>Atendiendo a las problem\u00e1ticas que ha tenido que abordar la Sala de Casaci\u00f3n Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en su rol de m\u00e1ximo tribunal de la especialidad laboral, se propone reformar el recurso de casaci\u00f3n, partiendo de establecer qu\u00e9 es y su finalidad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u201cLa aprobaci\u00f3n de este proyecto de Nuevo C\u00f3digo de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social representa un paso significativo hacia la modernizaci\u00f3n y fortalecimiento de nuestra justicia laboral. La adaptaci\u00f3n a las nuevas realidades sociales y la virtualidad nos permitir\u00e1 brindar una mayor protecci\u00f3n a los derechos de los trabajadores, agilizar los procedimientos y contribuir al bienestar social y econ\u00f3mico de nuestra sociedad. Esperamos contar con el apoyo del Congreso de la Rep\u00fablica de Colombia para avanzar hacia un sistema m\u00e1s justo, equitativo y acorde con los desaf\u00edos de la era moderna\u201d, puntualiza la Corte Suprema de Justicia.<\/p>\n<h3><strong>Consulte aqu\u00ed el contenido del proyecto de ley:<\/strong><\/h3>\n[spiderpowa-pdf src=\u00bbhttps:\/\/cortesuprema.gov.co\/corte\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/PROYECTO-NUEVO-C\u00d3DIGO-PROCESAL-DEL-TRABAJO-Y-LA-SEGURIDAD-SOCIAL.pdf\u00bb]<a href=\"https:\/\/cortesuprema.gov.co\/corte\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/PROYECTO-NUEVO-C\u00d3DIGO-PROCESAL-DEL-TRABAJO-Y-LA-SEGURIDAD-SOCIAL.pdf\">PROYECTO NUEVO C\u00d3DIGO PROCESAL DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bogot\u00e1, D.C., martes 1 de agosto de 2023. 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