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  Causal Decima
  Ajedrez
En los procesos divisorios, de deslinde y amojonamiento, de expropiación, de servidumbres, posesorios de cualquier naturaleza, de restitución de tenencia, de declaración de pertenencia y de bienes vacantes y mostrencos, será competente de modo privativo el juez del lugar donde se hallen ubicados los bienes, y si éstos comprenden distintas jurisdicciones territoriales, el de cualquiera de ellas a elección del demandante.
 

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A-166- [2006-00439-00]

 

Fecha: 31 de julio de 2006
Ponente: Manuel isidro Ardila
Proceso: Divisorio Agrario

Juzgados: Promiscuo del Circuito de Titiribí- Promiscuo del Circuito de Caldas


Asunto: Presentada demanda que solicitó declarar la división material de un bien inmueble destinado a labores agrícolas ubicado en el municipio de Angelopolis (Antioquia), el juzgado de Titiribí admitió la demanda y tramitó el  expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de la misma población en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo N° 2986 de 17 de Agosto de 2005 del Consejo Superior de la Judicatura que sin modificar la competencia territorial traslado la carga laboral, el receptor decidió no asumir conocimiento y lo remitió al Juzgado Promiscuo del Circuito de Caldas (Antioquia)  apoyado en la reorganización del mapa judicial (Acuerdo N° 2991 de 17 de agosto de 2005 del Consejo Superior de la Judicatura).

El Juzgado Promiscuo del Circuito de Caldas (Antioquia), rehusó el conocimiento aduciendo que la competencia quedó definida por el artículo 5° del acuerdo PSAA05-2989 de 2005 argumentando que la creación de un circuito no varía la competencia que  debía arrogarse al Juzgado Promiscuo del Circuito de Titiribí autoridad que provocó el conflicto; la Sala de Casación Civil de la corporación al resolver destacó que si bien como secuela del reordenamiento del mapa judicial no se  varia la competencia en el caso de los procesos enlistados en el numeral 10 del artículo 23 del CPC opera ineluctable el fuero real motivo por el cual ordenó asumir conocimiento al Juez Promiscuo del Circuito de Caldas.