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  Causal Novena
  Ajedrez
En los procesos en que se ejerciten derechos reales, será competente también el juez del lugar donde se hallen ubicados los bienes; la demanda que verse sobre uno o varios inmuebles situados en distintas jurisdicciones territoriales, podrá intentarse ante el juez de cualquiera de ellas, a elección del demandante.
 

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A-060-2002 [0033-01]

Fecha: 05 de abril de 2002
Ponente: Jorge Santos Ballesteros
Proceso: Ejecutivo Hipotecario

Juzgados: 1° Civil del Circuito de Soacha-27° Civil del Circuito de Bogotá
Asunto: Sometido a reparto un proceso ejecutivo hipotecario contenida en título valor (pagaré) la autoridad a quien correspondió rechazó el asunto al considerar que los demandados tenían como domicilio otra municipalidad el funcionario a quien fue asignado el litigio, repelió conocimiento amparándose en el certificado de tradición adjuntado, argumentó que el inmueble se encontraba ubicado en el lugar del anterior despacho, planteado el conflicto La Sala de Casación Civil, confirmó la tesis del último funcionario en respeto de la decisión de la actora.
Auto 068-2001 [0048-01]

Fecha: 17 de abril de 2002

Ponente: Silvio Fernando Trejos Bueno

Proceso: Ejecutivo Hipotecario

Juzgados: 1° Civil del Circuito de Soacha - 20° Civil del Circuito de Bogotá

Asunto: Sometido a reparto un proceso ejecutivo hipotecario la autoridad a quien correspondió rechazó la demanda al considerar que de ella debía conocer el funcionario del lugar de domicilio de la parte demandada el funcionario a quien se le asignó el asunto, adujo que al existir concurrencia de fueros el actor había optado por el lugar de ubicación del inmueble, siendo de aprehensión del remitente juez; propuesto el conflicto, La Sala de Casación Civil, concluyó ratificar la posición del último funcionario.
A-082-2002 [11001-02-03-000-2002-0068-01]

Fecha: 06 de mayo de 2002
Ponente: José Fernando Ramírez Gómez
Proceso: Ejecutivo Hipotecario

Juzgados: 7° Civil del Circuito de Bogotá- 1° Civil del Circuito del Soacha
Asunto: Sometido a reparto un proceso ejecutivo hipotecario la autoridad a quien correspondió adujo su falta de competencia por no atender al lugar de ubicación del inmueble, enviado a un segundo funcionario este consideró que la demanda señalaba al juez del domicilio de los ejecutados por lo cual debía el remitente funcionario continuar a cargo de la litis, provocado el conflicto La Sala de Casación Civil, lo declaró prematuro y asignó remitir las diligencias al primer despacho a fin de solicitar a la parte actora aclarar la elección del juez que debía adelantar el respectivo litigio.
A-145-2002 [1100102030002002-0067-01]

Fecha: 23 de julio de 2002
Ponente: Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo
Proceso: Ejecutivo Hipotecario

Juzgados: 1º Civil del Circuito de Bogotá -1° Civil del Circuito de Soacha
Asunto: Sometido a reparto un proceso ejecutivo hipotecario el despacho a quien correspondió rechazó la demanda al considerar que debía conocer la autoridad del lugar de domicilio del demandado. El despacho a que fue asignado nuevamente, adujo que el domicilio ya estaba señalado en el lugar del remitente juez, planteado el conflicto La Sala de Casación Civil, confirmó la tesis del último funcionario.

     A-233-2002 [00187-01]

Fecha: 22 de noviembre de 2002
Ponente: Jorge Santos Ballesteros
Proceso: Ejecutivo Hipotecario

Juzgados: Civil Municipal de Funza- 36° Civil Municipal de Bogotá

Asunto:El trámite de un proceso ejecutivo hipotecario contenido en título valor (pagaré), el despacho al que le correspondió por reparto, rechazó el asunto al considerar que los demandados tenían como domicilio otra municipalidad. Al funcionario que fue asignado nuevamente el litigio, consideró que no se podía confundir el lugar de domicilio con el de recibir notificaciones, propuesto el conflicto La Sala de Casación Civil, concluyó asignarle conocimiento al primer juez por ser el domicilio del vinculado en respeto de la decisión de la actora ante la concurrencia de fueros.