Sala Penal revoca condena y absuelve a congresista Carlos Alberto Cuenca por duda razonable en caso de corrupción de sufragante

Bogotá D. C., viernes 26 de junio de 2026. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al congresista Carlos Alberto Cuenca Chaux por el delito de corrupción de sufragante.
Cuenca Chaux fue condenado por la Sala Especial de Primera Instancia el 22 de enero de 2025 en una investigación por presuntas irregularidades durante su campaña al Congreso de 2014. De acuerdo con la denuncia, habría participado en una reunión y ofrecido tejas y bultos de cemento a cambio de votos.
La Sala de Casación Penal conoció el caso en apelación y revocó esa condena por duda razonable.
En el proceso, la defensa argumentó que dicho suceso nunca ocurrió y que el denunciante faltó a la verdad. Además, sostiene que tanto él como los demás testigos cuyas declaraciones sirvieron de fundamento para la condena están parcializados, pues, contrario a lo señalado en la sentencia, sí tenían interés en perjudicar a su representado.
En la sentencia se dio por probado que la reunión se realizó y que el procesado asistió a la misma. Sin embargo, se evidenciaron indicios de que la denuncia no habría sido redactada por la misma persona que la firmó, quien luego se retractó y, en medio del proceso, cambió su versión de lo sucedido.
“Para esta Sala, las notorias ambivalencias en las distintas salidas procesales del denunciante resultan relevantes de cara al juicio de responsabilidad”, se lee en la sentencia tras señalar que el denunciante no es un testigo creíble.
Tampoco se comprobó más allá de la duda razonable que se hubieran entregado los elementos que supuestamente se ofrecieron para conseguir el apoyo de los asistentes a la reunión
“En consecuencia, ante la imposibilidad de advertir satisfecho el estándar de conocimiento para condenar, la Sala concluye que Carlos Alberto Cuenca Chaux no puede ser considerado como autor del delito de corrupción de sufragante agravado, en la modalidad continuada por el que fue acusado”, dijo la Sala.
Ver la sentencia SP601-2026
