Actuaciones del exmagistrado Francisco Ricaurte violaron los principios que orientan el servicio público y fueron una traición a la integridad jurídica y moral de todo administrador de justicia: Sala Penal

Bogotá D. C., viernes 7 de marzo de 2025. La administración de Justicia actuará frente a los delitos que cometan todos los ciudadanos, incluyendo aquellos que ocuparon los más altos cargos en la justicia y la traicionaron. Esta es una de las conclusiones de la providencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que ratificó la condena contra el exmagistrado Francisco Javier Ricaurte Gómez.
“La Corte Suprema de Justicia deplora que, en un momento aciago, uno de sus integrantes haya concebido y ejecutado la secuencia criminal de que da cuenta este proceso. Ese comportamiento no sólo implicó una manifiesta violación de los principios que orientan el servicio público en un régimen democrático, sino también una traición a la integridad jurídica y moral propia de todo administrador de justicia”, se lee en la sentencia que dejó en firme la condena a Ricaurte Gómez por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer en concurso homogéneo y utilización indebida de información privilegiada.
La Sala consideró que el hecho de que Ricaurte Gómez haya ejercido el cargo de magistrado e incluso fuera presidente de la corporación “no ha impedido que la administración de justicia, también con respecto a él, cumpla la misión que le asiste en el Estado constitucional de derecho colombiano. Así, aún frente a episodios tan lamentables como los referidos en este proceso, ese Estado ha dado muestra de su fortaleza institucional: la Constitución y la ley vinculan a todos, indistintamente de la jerarquía institucional que lleguen a ostentar”.
Y añadió frente a los delitos cometidos por el procesado que “esa lamentable secuencia, quizá la más reprochable en la historia republicana de nuestro país, contraría la forma transparente, esforzada y silenciosa en la que los administradores de justicia atienden su misión en cada rincón de Colombia. Por ello, la conciencia de la funesta traición a los valores democráticos que involucra ese lamentable episodio, le da razones a esa Corte para alentar la esperanza de que no se repita. Nunca más”.
Para la Corte quedó demostrado que existió una organización criminal, liderada, entre otros, por Ricaurte Gómez y Luis Gustavo Moreno Rivera, “que se concertó con vocación de permanencia en el tiempo para cometer delitos en el seno de la máxima institución de la justicia y que pretendió, bajo ese cometido y a cambio de ingentes sumas de dinero, entorpecer procesos seguidos contra aforados” y que ese grupo ilegal obtenía información de esos procesos judiciales y sus avances y a partir de aquella, captaba a los aforados cuyos procesos habían sido asignados a uno de los despachos de la Sala de Casación Penal” con el fin de entorpecer el avance de esos asuntos “y que, desde esa perspectiva, se dilatara la eventual emisión de órdenes de captura o llamados a indagatoria de los allí procesados; esos actos, naturalmente, resultaban beneficiosos para los aforados constitucionales si se tiene en cuenta la inminente perdida de la curul tras la privación de la libertad”.
La Sala compulsó copias a la Fiscalía para que determine, la procedencia o no de la acción extintiva de dominio sobre aquellos bienes del procesado.
Ver la providencia: https://acortar.link/4Dg6xA
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