JURISDICCIÓN INDÍGENA

JURISDICCIÓN INDÍGENA

– Principio de legitimidad

– Función jurisdiccional circunscrita a su ámbito territorial

– Principios para determinar su competencia

– Debido proceso, determinado por el respeto de las formas propias y métodos establecidos por las comunidades para resolver sus asuntos

– Los fuetazos no constituye tortura ni actos de humillación

 

SECUESTRO

No se configura si la privación de la libertad tiene fundamento legal, aplicación de la autonomía e independencia de la función jurisdiccional de la jurisdicción indígena. [SP9243-2017]


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