FRAUDE PROCESAL
– No se configura por el ejercicio de una facultad o derecho previamente otorgado por la ley o autoridad pública
– No se configura en procesos de prestaciones sociales cuando no se ha declarado la filiación de uno de los interesados
– Caso en que el implicado no es profesional del derecho no se le puede exigir precisión en el alcance de una figura jurídica
– El deber de veracidad de los particulares depende de la naturaleza del documento y trascendencia jurídica
– El medio fraudulento es ineficaz cuando la autoridad administrativa tiene todos los medios de conocimiento sobre el asunto
– El medio fraudulento no se configura por un hecho sobreviniente. [SP8053-2017]
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