FRAUDE PROCESAL – Antecedentes legislativos

TEMAS:

  • FRAUDE PROCESAL – Evolución legislativa
  • FRAUDE PROCESAL – Derecho comparado
  • FRAUDE PROCESAL – Delito autónomo
  • FRAUDE PROCESAL – Elementos: objeto material
  • FRAUDE PROCESAL – Análisis doctrinario
  • FRAUDE PROCESAL – Configuración: cuando se utiliza medio fraudulento para inducir en error al servidor público
  • FRAUDE PROCESAL – Momento consumativo: a partir de la exteriorización del primer acto de disposición jurídica desplegado por el servidor público
  • FRAUDE PROCESAL – Tipo penal de estado
  • FRAUDE PROCESAL – Verbo rector: inducir, no mantener en error
  • FRAUDE PROCESAL – Elementos: ingrediente subjetivo, finalidad de obtener una sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, hace parte del agotamiento de la conducta
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado
  • DELITO CONTINUADO – Diferencia con el delito de ejecución permanente
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado: límite óntico, agotamiento de la conducta
  • FRAUDE PROCESAL – Elementos: ingrediente subjetivo, finalidad de obtener una sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley
  • FRAUDE PROCESAL – Momento consumativo: diferencias entre consumación y agotamiento
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado: momento consumativo, no se puede extender a eventos posteriores al agotamiento de la conducta
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado: consumación, a partir del último acto que indujo en error
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado: pluralidad de acciones u omisiones que componen una unidad de acción final
  • FRAUDE PROCESAL – Delito continuado: demostración
  • PRESCRIPCIÓN – Fraude procesal: delito continuado

La Sala de Casación Penal decidió el recurso de casación interpuesto por el defensor del procesado J.O.G. contra la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante la cual la confirmó, con modificaciones la sentencia condenatoria de primera instancia, que lo condenó como coautor del delito de fraude procesal.

En esta oportunidad la Corte casó la sentencia, en el sentido de decretar la nulidad de lo actuado, a partir del 25 de abril de 2011, y disponer la cesación del procedimiento a favor de J.O.G y F.A.R.S., por cuanto la acción penal en relación con el delito de fraude procesal, se extinguió por prescripción.

Al respecto, analizó los elementos, la configuración, consumación y agotamiento del delito de fraude procesal, para concluir que, dicho punible se ejecuta a partir de la exteriorización del primer acto de disposición jurídica desplegado por el servidor público, mediante el cual aprehenda el medio engañoso, lo entienda y valore como veraz.

Posteriormente, se estudió la figura del delito continuado para precisar que, en el presente caso la pluralidad de acciones y omisiones componen una unidad de acción final, configurándose el fraude procesal en la modalidad de delito continuado, el cual, se entendió consumado a partir del momento en que se produjo la última conducta típica que integra la unidad de acción, o a partir del último acto que efectivamente indujo en error, fecha desde la cual se empieza a contabilizar el término de la prescripción.

Por lo anterior, y ante el nuevo computo prescriptivo se estableció que la acción penal en lo referente al delito de fraude procesal se encontraba prescrita. [SP072-2023(58706)] Continuar leyendo «FRAUDE PROCESAL – Antecedentes legislativos»

DERECHO CIVIL – Posesión: clases, posesión irregular

TEMAS:

  • DERECHO CIVIL – Posesión: clases, posesión irregular
  • DERECHO CIVIL – Prescripción adquisitiva de dominio: posesión irregular
  • DERECHO CIVIL – Simulación contractual: quien celebra un negocio simulado, asume los riesgos que del mismo se deriven
  • ACCIÓN PENAL – Es independiente a la acción ante otras jurisdicciones: jurisdicción civil
  • FRAUDE PROCESAL – No se configura

La Corte Suprema de Justicia, resolvió el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de J.I.N.R. y O.M.P.D.N., contra la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, que revocó la sentencia absolutoria emitida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Paz de Río, y como consecuencia, condenó a los acusados como coautores del delito de fraude procesal.

La Sala, casó la sentencia condenatoria impugnada, y en su lugar confirmó la decisión de primera instancia, mediante la cual se absolvió a los procesados.

Lo anterior, por cuanto una vez se precisaron los elementos del delito de fraude procesal, se señaló que, la solicitud hecha al Juez Civil, del reconocimiento de la propiedad en su favor, en virtud de la posesión irregular que se veía ejerciendo, no llegó a constituir irregularidad alguna, abuso o engaño que lleve a configurar el ilícito acusado.

De otro lado, la Sala consideró que, las consecuencias de un contrato simulado, las asume las partes que celebran el negocio. [SP050-2023(54437)] Continuar leyendo «DERECHO CIVIL – Posesión: clases, posesión irregular»

FRAUDE PROCESAL – Término de prescripción: Se cuenta a partir de la cesación de efectos de su último acto

  • La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de casación interpuesto por la defensa de R.O.C., en contra de la sentencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que confirmó la decisión condenatoria proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Gachetá, trámite adelantado por el punible de fraude procesal.

  • La sala no casó la sentencia, al encontrar que, conforme a la postura jurisprudencial de la Corporación, el punible de fraude procesal finaliza cuando los efectos del engaño cesan; es decir, mientras dura el estado de ilicitud, razón por la que, en este asunto, resultaba aplicable el artículo 11 de la Ley 890 de 2004, y, en consecuencia, no se configuró la prescripción de la acción penal.

  • Para ello, explicó las características del punible de fraude procesal, y concluyó que, en eventos de tránsito legislativo, se debe imponer la pena establecida en la normatividad en la cual el delito se sigue ejecutando y que, la prescripción inicia su conteo cuando desaparezcan los efectos jurídicos de la inducción en el error al servidor público, y a la sociedad en general.

  • Finalmente, la Sala de Casación Penal recordó que, no se incurre en falso juicio de existencia por preterición cuando, a pesar de no mencionar expresamente algunas pruebas, el sentenciador asume su análisis, dándoles el mérito suasorio que estima pertinente. Además, reiteró que, para la estructuración de la conducta delictiva de falsedad no se requiere que la creación del instrumento apócrifo y su uso relevante con fines probatorios sean efectuados por la misma persona. [SP2879-2022(58685)]

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FRAUDE PROCESAL – Momento consumativo

  • La Corte no casó la sentencia mediante la cual el Tribunal Superior de Cali confirmó la dictada por el Juzgado quince Penal del Circuito de Cali, que condenó a C.A.Z.H., como autor del delito de fraude procesal, al considerar que, no se configuró la prescripción de la acción penal.

FRAUDE PROCESAL – A través de incorporación de información no cierta en concurso de méritos

  • Aunque la conducta que se analiza se encuentra incluida dentro del título XVI del Código Penal que tipifica los delitos que atentan contra la eficaz y recta impartición de justicia, también puede cometerse cuando el servidor público es engañado para que adopte una determinación en ejercicio de funciones en el marco de cualquier actividad administrativa y no solo judicial. [SP4701-2021(54750)]

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FRAUDE PROCESAL – Término de prescripción: lo relevante es la consumación, no el agotamiento de la conducta

FRAUDE PROCESAL – Término de prescripción: lo relevante es la consumación, no el agotamiento de la conducta

La Sala aclara los criterios para establecer la fecha a partir de la cual se debe contabilizar el término de prescripción del delito de fraude procesal y las diferencias cuando se da dentro de un trámite judicial o uno administrativo. [SP3631-2018(53066)] Continuar leyendo «FRAUDE PROCESAL – Término de prescripción: lo relevante es la consumación, no el agotamiento de la conducta»

FRAUDE PROCESAL

FRAUDE PROCESAL

– No se configura por el ejercicio de una facultad o derecho previamente otorgado por la ley o autoridad pública

– No se configura en procesos de prestaciones sociales cuando no se ha declarado la filiación de uno de los interesados

– Caso en que el implicado no es profesional del derecho no se le puede exigir precisión en el alcance de una figura jurídica

– El deber de veracidad de los particulares depende de la naturaleza del documento y trascendencia jurídica

– El medio fraudulento es ineficaz cuando la autoridad administrativa tiene todos los medios de conocimiento sobre el asunto

– El medio fraudulento no se configura por un hecho sobreviniente. [SP8053-2017] Continuar leyendo «FRAUDE PROCESAL»