EXTINCIÓN DE DOMINIO
– Corte Suprema de Justicia es competente para resolver el recurso de apelación contra el auto interlocutorio que inadmite la demanda de revisión, emitido por las Salas de Extinción de Dominio de los Tribunales Superiores
– Consideraciones respecto a la causal de la acción de revisión «Cuando después de la sentencia aparezcan hechos nuevos o surjan pruebas, no conocidas al tiempo del proceso, que lleven a considerar razonablemente que la decisión finalmente adoptada pudo haber sido diferente» (caso en que no se configura la causal)
– Carga de la prueba: corresponde al afectado probar los hechos que sustenten la improcedencia de la causal de extinción de dominio. [AP4907-2017]
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