Pretensión indemnizatoria por responsabilidad ambiental: estudio de la relación causal entre la infracción de normas ambientales y el daño causado por inundaciones en cultivo de especies florales [Sala de Casación Civil SC3460-2021]

En la sentencia SC3460-2021, proferida por la Sala de Casación Civil sobre responsabilidad ambiental, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:

 Pretensión indemnizatoria ante inundaciones en cultivo de especies florales de la demandante -tras alterarse el ecosistema de la zona- con la construcción de proyectos urbanísticos independientes en los inmuebles de propiedad de los demandados.

 Ausencia de acreditación de la causa relevante entre la infracción de las normas ambientales y el daño causado por las anegaciones en distintas épocas, que terminaron arrasando los cultivos de flores de la demandante.

 Modo de resolver los problemas del nexo causal en su aspecto normativo, cuando hay concurrencia de causas.

 En asuntos medioambientales, lo más común son los fenómenos pluricausales o concausales.

 La regularidad en que ocurren, las reglas de experiencia y la probabilidad, inclusive la previsibilidad, son cuestiones que sirven para determinar, en la doctrina de la causalidad adecuada, cuál o cuáles pueden adoptar la categoría jurídica de causa en un momento dado.

 Nexo causal: en cualquier tipo de responsabilidad se requiere de comprobación, por los diferentes medios de convicción.

 Evaluación de la tala ilegal de bosque nativo, los movimientos de tierra no autorizados, la erosión del propio estanque y la falta de mantenimiento de lagos, como fuentes contaminantes que contribuyeron en la destrucción del lago y los daños reclamados.

 Precisiones sobre la teoría de la causalidad adecuada y de la teoría de “la conditio sine qua non” en la Jurisprudencia de la Corte.

 Este tipo de responsabilidad objetiva, además del componente político y jurídico, tiene esencialmente un contenido ético al relacionarse directamente con la dignidad humana y la vida misma.

 Se liga con el principio de solidaridad intergeneracional, demanda proteger los derechos fundamentales de las generaciones presentes, y las futuras por vía de un desarrollo sostenible.

En SC3460-2021

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