ACUERDO DE PAZ (FARC-EP)
– Para conceder la libertad transitoria condicionada y anticipada (Ley 1820 de 2016), se deben verificar el cumplimiento de todos los requisitos para su procedencia.
– Los sujetos destinatarios de la libertad transitoria condicionada y anticipada (Ley 1820 de 2016), deben cumplir los compromisos adquiridos. [AP4916-2017]
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