ACUERDO DE PAZ (FARC-EP)
– La Ley 1820 de 2016 establece como requisito para la concesión de la libertad transitoria condicionada y anticipada en casos de delitos contra el Derecho Internacional Humanitario, haber permanecido previamente privado de la libertad por lo menos 5 años en razón de los hechos investigados.
– Privación de la libertad en unidad militar o policial, trámite, procedencia. [AP4999-2017]
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