IMPEDIMENTO – El parentesco de consanguinidad con el anterior defensor del procesado constituye una situación subjetiva cuya manifestación puede afectar la imparcialidad del funcionario judicial
- Ante la negativa de un Tribunal Superior de Distrito de aceptar el impedimento planteado por uno de sus Magistrados, la Corte tuvo ocasión de precisar que el parentesco de consanguinidad con la profesional del derecho que había ejercido la defensa del procesado, sí constituye una situación subjetiva que impone declararlo fundado, habida cuenta que su exteriorización por parte del juzgador trasciende tal ámbito y puede afectar la imparcialidad judicial. [AP4481-2018(53927)]
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