ACUERDO DE PAZ (FARC – EP) – Revisión especial
- La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia funge como órgano de justicia transicional cuando se promueve respecto de una sentencia de la misma corporación
- Adoptada la decisión de no reponer el proveído mediante el cual se inadmitió la acción de revisión, la Corte consideró importante precisar el marco de competencia exclusiva que le asiste para el conocimiento de la novedosa figura jurídica denominada revisión especial, contemplada en el Acto Legislativo 01 de 2017, precisando que cuando ésta se promueve respecto de una sentencia de la corporación, la Sala funge como órgano de justicia transicional. [AP4256-2018(50922)]
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