DELITO IMPRUDENTE – Configuración
- Para su configuración no basta con la demostración de la relación causal entre el comportamiento y el resultado lesivo, sino que requiere la concurrencia del tipo subjetivo
- Habiendo decidido no casar la sentencia condenatoria impugnada, referida a la conducta de Lesiones Personales Culposas, la Sala se detuvo en el estudio del delito imprudente, precisando que su estructuración impone demostrar no sólo la relación causal entre el comportamiento y el resultado, sino la confluencia del tipo subjetivo. Igualmente se efectuó un análisis de la denominada acción a propio riesgo. [SP2771-2018(46612)]
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