PECULADO POR APROPIACIÓN – SUJETO ACTIVO CALIFICADO: Los representantes legales y funcionarios de las cooperativas conformadas por entidades territoriales son servidos públicos
- En la sentencia que condujo a la determinación de no casar el fallo impugnado, condenatorio por el delito de peculado por apropiación, la Sala encontró fundamental analizar la condición de sujeto activo calificado de la conducta, particularmente referida a los representantes legales y funcionarios de las cooperativas conformadas por entidades territoriales. [SP4180-2018(40527)]
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