Bogotá, D.C., jueves 2 de abril de 2020. En consideración a la prevalencia del bien superior de la libertad de las personas incluso en los tiempos del coronavirus, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó mantener vigentes los términos legales en los expedientes de su competencia que impliquen la libertad inmediata de los procesados o detenidos, tales como recursos de casación, impugnaciones especiales, extradiciones, revisiones, definiciones de competencia, segundas instancias y casos próximos a prescribir.
A través del correo secretariacasacionpenal@cortesuprema.ramajudicial.gov.co se mantendrá la comunicación oficial con las partes interesadas en este tipo de asuntos penales, exceptuados de la suspensión general de términos judiciales en Colombia en virtud de la emergencia sanitaria por la pandemia de covid–19, mediante el Acuerdo 18 de 2020 de la Sala de Casación Penal.
Según la correspondiente competencia de la Sala, en el mencionado correo electrónico institucional de la Corte Suprema de Justicia se está recibiendo también el trámite de las acciones y apelaciones de tutela que demandan la protección de los derechos a la vida, la salud y la libertad, así como la impugnación de los habeas corpus negados por los tribunales superiores de Distrito Judicial del país.
En consecuencia, “la suspensión de términos decretada por el Consejo Superior de la Judicatura y la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, no abarca aquellos asuntos que impliquen la libertad inmediata del procesado o requerido en extradición, ni los casos en que esté próxima la prescripción”, subraya el acuerdo.
Ante estas medidas extraordinarias, en la demanda de tutela habilitada por medio digital (vida, salud y libertad) el accionante debe suministrar el correo electrónico en el cual recibirá notificaciones y, si cuenta con ellos, los de las autoridades accionadas y otros posibles vinculados a las acciones. Por su parte, los tribunales superiores de Distrito Judicial deben incluir esta misma información y los expedientes digitalizados, al remitir a la Corte las impugnaciones de tutela y habeas corpus.
Conozca aquí las reglas especiales de funcionamiento adoptadas por la Sala de Casación Penal para el periodo de aislamiento social obligatorio, mediante el Acuerdo No.18 de 1º de abril de 2020:
ACUERDO No. 18. 1 DE ABRIL DE 2020, MECANISMOS PARA TRAMITES DE HABEAS, TUTELAS Y LIBERTADES