Bogotá, D.C., miércoles 27 de mayo de 2020. Con el anuncio de la solución de 711 conflictos por parte de las salas de Descongestión Laboral en el transcurso de los dos primeros meses de la cuarentena, la Corte Suprema de Justicia reabre hoy plenamente la atención a los usuarios de la Sala de Casación Laboral, con la introducción de un completo protocolo de uso de herramientas tecnológicas y telemáticas que marca una nueva época en los procesos ante la máxima instancia de la jurisdicción del trabajo y la seguridad social.
La Sala de Casación Laboral registra históricos resultados en productividad, levanta la suspensión total de términos legales y fija los derroteros tecnológicos de radicación y reparto, notificación de providencias, devolución de expedientes y traslados digitales, virtuales o telemáticos a las partes interesadas en los expedientes bajo su competencia.
Aunque la contingencia del coronavirus originó su implementación, las novedosas reglas también constituyen la puesta en marcha de modalidades de trabajo remoto al interior de la Corte. Formas de labor interna basadas en herramientas tecnológicas cuyo potencial no había sido explorado ni utilizado, pese a estar contemplado en la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia y el Código General del Proceso.
A partir de ahora, la recepción de expedientes para trámite se puede realizar por correo electrónico y la notificación de providencias (por estado y por edicto) a través del sitio web www.cortesuprema.gov.co. Finalizado el procedimiento del recurso, se devuelve el expediente por correo certificado. Y el traslado a las partes se comunicará en el Sistema de Gestión Siglo XXI.
Pese a la digitalización establecida mediante el Acuerdo 051 de 2020 por la Sala de Casación Laboral, se mantiene los plazos legales para las partes de las fechas y horas hábiles correspondientes (5:00 p.m. del último día hábil).
Entre tanto, el levantamiento de la suspensión de términos permite, a partir de hoy, la notificación de más de 900 sentencias de la Sala de Casación Laboral, en sus salas Permanente y de Descongestión: 711 estudiadas en el tiempo de confinamiento obligatorio por las cuatro salas de Descongestión y 200 aprobadas en todas las salas en los días previos al aislamiento social por el Covid–19.
En efecto, por medio del Acuerdo 051 la Sala restablece términos judiciales a partir de este 27 de mayo y dispone resolver gradualmente todos los asuntos de su competencia.
Con el fin de asegurar el cabal cumplimiento de la función judicial, asumiendo protocolos de bioseguridad y el uso de tecnologías y herramientas telemáticas, adopta medidas internas para el trámite de los procesos e implementa el trabajo no presencial, en casa, remoto o a distancia.
El Acuerdo combina el desempeño de funciones en las residencias bajo el esquema de trabajo no presencial, con el de manera presencial escalonada, progresiva y organizada con reglas de bioseguridad en instalaciones y oficinas.
Para garantizar el acceso a la información de los usuarios, habilita líneas de consulta telefónica, recepción de correspondencia y expedientes a través de correos electrónicos y correo certificado, así como la publicación de notificaciones en el sitio web www.cortesuprema.gov.co y el Sistema de Gestión Siglo XXI.
Las líneas telefónicas de atención de la Secretaría y Relatoría en horario hábil están disponibles a través del PBX 5622000 así:
Secretaría Sala Permanente: Extensiones 1128, 1130 y 1136
Secretaría Sala de Descongestión: Extensiones 1508 y1510
Relatoría: Extensiones 9312- 9313
En horario hábil, la correspondencia se recibirá a través de correo electrónico y correo certificado. Para la Sala Permanente, en el correo secretarialaboral@cortesuprema.ramajudicial.gov.co Para las Salas de Descongestión, en el correo seclabdes@cortesuprema.ramajudicial.gov.co
Además, la Sala continuará con el escaneo y descarga de los expedientes, tanto de los recursos de casación que están en términos de traslado a las partes, como de aquellos que vayan a estudio y decisión del mismo, conforme a la disponibilidad de herramientas tecnológicas y telemáticas y a la necesidad del examen de las piezas procesales y medios de prueba que los conforman.
Para efectos de consulta y descarga de expedientes, las personas autorizadas por la ley deberán enviar la respectiva solicitud al correo electrónico consultaexpedientelaboral@cortesuprema.gov.co En consecuencia, no habrá expedición de copias simples.
La recepción de expedientes se realizará en el correo electrónico secretarialaboral@cortesuprema.ramajudicial.gov.co en el que se debe adjuntar todo lo correspondiente a las actuaciones surtidas en las instancias, o a través de correo certificado.
En el módulo o vínculo “Notificaciones laboral” de la página web www.cortesuprema.gov.co, el usuario podrá encontrar la publicación del estado de las providencias y la notificación de sentencias mediante edicto. De dichas notificaciones se dejará constancia en el Sistema de Gestión Judicial Siglo XXI y en el documento electrónico respectivo.
En cualquier evento, para la recepción de memoriales se tendrán en cuenta los términos legales, hasta las 5:00 p.m. del último día hábil, en el correo secretarialaboral@cortesuprema.ramajudicial.gov.co.
Consulte aquí el contenido completo del Acuerdo No. 051 del 22 de mayo de 2020, emitido por la Sala de Casación Laboral:
Acuerdo 051 -Sala Laboral