Bogotá, D.C., viernes 24 de junio de 2021. Mediante sentencia anticipada por aceptación voluntaria de cargos del procesado, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Eduardo Enrique Pulgar Daza a 58 meses y 25 días efectivos de prisión como autor del delito de tráfico de influencias de servidor público en concurso heterogéneo con el delito de cohecho por ofrecer.
La providencia niega al sentenciado excongresista la condena de ejecución condicional de la sanción y resuelve no sustituirle la pena privativa de la libertad de prisión por la prisión domiciliaria.
Además, la Sala Especial de Primera Instancia le impone a Pulgar Daza una multa de 178.74 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor del Tesoro Nacional y lo inhabilita para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 63 meses y 19 días.
Sin embargo, la sentencia lo absuelve por el delito de tráfico de influencias de servidor público derivado de actos ejercidos para favorecer a terceros en el trámite de la solicitud de restablecimiento del derecho ante el Juez Promiscuo Municipal de Usiacurí.
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SEP-00064-2021 (1)