Bogotá, D.C., viernes 28 de octubre de 2022. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Juan de Jesús Cárdenas Chávez, exgobernador del departamento del Huila (2001-2003), de los cargos que le fueron formulados como autor de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
Los hechos por los cuales el exgobernador fue juzgado tienen que ver, en primer lugar, con la suscripción de cuatro acuerdos de voluntades de contratación directa, y en los que -según la acusación- supuestamente se vulneraron los principios de economía, planeación, transparencia y selección objetiva, dado que al parecer carecían de estudios previos y de prefactibilidad, así como de actas de evaluación de las propuestas y de las resoluciones de adjudicación.
En la acusación también se señaló que el exgobernador Cárdenas Chávez delegó en el Secretario General y el de Vías e Infraestructura, el trámite y la celebración de 30 contratos con irregularidades, omitiendo presuntamente su deber ejercer control sobre las funciones delegadas.
Tras el juicio, la Sala concluyó en la providencia de primera instancia que, en ambos eventos (tanto en los contratos que el entonces Gobernador suscribió como en los que delegó), la Fiscalía no demostró la responsabilidad del acusado, pues no hay pruebas que acrediten que el indagado omitió los deberes de control y vigilancia en la fase precontractual.
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SEP138-2022