- La Corte Suprema de Justicia decidió el recurso de casación presentado por el defensor de F.C.M.; contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín, mediante la cual, modifico la emitida por el Juzgado Segundo Penal de Itagüí, en el sentido de condenar al acusado, por el delito de hurto agravado en lugar de hurto calificado y agravado, se absolvió por el delito de falsedad por ocultamiento de elemento material probatorio y mantuvo la condena por el delito de administración desleal y falsedad por ocultamiento de documento privado.
- La Sala casó el fallo impugnado, respecto del delito de administración desleal, del cual lo absuelve y desestimó los demás cargos. Por lo anterior, se redosifico la pena impuesta.
- Para tal efecto, la Corte explicó los elementos del delito de administración desleal, y señaló que, para la consumación del mismo, se requiere que los actos realizados por el sujeto activo deben ser fraudulentos o abusivos. Por lo cual, la mala gerencia o administración de una sociedad no puede ser consideradas per se, cómo fraudulentas o abusivas. [SP008-2023(58915)]
Descargue el documento aquí: SP008-2023(58915).pdf