Cuando limita la controversia a la selección de la norma aplicable al caso, el Tribunal no tiene competencia para modificar las decisiones favorables acerca de los hechos. [SP1598-2019 (54179)]
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Cuando limita la controversia a la selección de la norma aplicable al caso, el Tribunal no tiene competencia para modificar las decisiones favorables acerca de los hechos. [SP1598-2019 (54179)]
APELANTE ÚNICO, corte suprema de justicia, DRA. PATRICIA SALAZAR CUELLAR, PRINCIPIO DE NON REFORMATIO IN PEJUS, sala penal, SP1598-2019(54179)