El exmagistrado Gustavo Malo Fernández incumplió sus deberes legales y actuó por un motivo ajeno al ejercicio correcto de la función judicial buscando una utilidad indebida: Sala de Casación Penal

Foto: Corte Suprema de Justicia

Bogotá D. C., viernes 7 de marzo de 2025. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia  compulsó copias a la Fiscalía para que investigue los presuntos delitos que pudo cometer el exmagistrado Gustavo Enrique Malo Fernández en los casos adelantados a los excongresistas Nilton Córdoba Manyoma y Argenis Velásquez Ramírez.

La decisión se adoptó al ratificar la decisión que tomó la Sala Especial de Primera Instancia que condenó a Malo Fernández por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio y prevaricato por omisión. El caso está relacionado con hechos de corrupción desplegados por un grupo de particulares para obtener dinero de aforados investigados a cambio de interferir ilegalmente en sus procesos judiciales.

Para la Sala quedó probado el carácter doloso del comportamiento de Malo Fernández quien de forma consciente y voluntaria se apartó de los mandatos legales para  favorecer al excongresista Musa Besaile Fayad “a cambio de una contraprestación económica por encima del cumplimiento del deber que le era exigible”.

La Sala consideró que las actuaciones del exmagistrado ocasionaron daño al buen nombre y reputación de la Rama Judicial, “ante el menoscabo de la confianza que todos los ciudadanos depositaron en los funcionarios que prestan el servicio público de administración de justicia y que se vieron involucrados en estos repudiables comportamientos, en los que se negoció indebidamente el ejercicio de la función judicial”.

En su decisión la Sala advirtió sobre la probable existencia de bienes o recursos que provengan, directa o indirectamente, de esas actividades ilícitas y que pudieron incrementar, de manera injustificada, el patrimonio de Malo Fernández y de los demás integrantes de la organización criminal por lo que compulsó copias a la Fiscalía “con el fin de que se indague si se configura alguna causal de procedencia de extinción de dominio que motive iniciar el respectivo procedimiento de naturaleza pública y de contenido patrimonial”.

Igualmente, determinó que se publique en medios de comunicación y a cargo del sentenciado la parte resolutiva de esta sentencia, así como de un resumen de la misma que realizará la Sala.  Esta medida “resulta adecuada para la reivindicación de los derechos de la entidad aquí afectada, en consideración a la naturaleza de los derechos fundamentales invocados, la gravedad de su afectación y la necesidad de adoptar mecanismos eficaces que contrarresten la profunda estigmatización generada hacia el ejercicio independiente, imparcial e íntegro de la función jurisdiccional”.

Ver la providencia: https://acortar.link/6WN1Ei

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