Exmagistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, Eduardo Castellanos afectó la administración pública al abandonar la transparencia, imparcialidad y objetividad que deben guiar su ejercicio: Sala Penal

Foto: Corte Suprema de Justicia

Bogotá, D.C., miércoles 30 de abril 2025. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena por los delitos de cohecho propio y soborno en la actuación penal contra el exmagistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Eduardo Castellanos Roso.

El proceso está relacionado con los pagos que recibió el entonces magistrado entre los años 2013 y 2016, además de atenciones e invitaciones, cuya finalidad consistió, por una parte, en que el magistrado facilitaría la dilación del incidente de exclusión del proceso de Justicia y Paz de Miguel Ángel Melchor Mejía Múnera, alias «El Mellizo» y, por otra parte, para que el funcionario judicial lo mantuviera al tanto de las decisiones que se adoptaban al interior de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá que por entonces integraba.
Pese a los argumentos de la defensa del procesado, la Sala dio total credibilidad a las declaraciones de Marco Tulio Quintero Cano, abogado de Mejía Munera, quien se convirtió en testigo del caso.
 
“Escrutado en su integridad el relato incriminatorio de Marco Tulio Quintero Cano, el mismo inspira credibilidad, es consistente a nivel interno y externo, es coherente, racional y articulado con la información proporcionada por otros medios probatorios y se revela desprovisto de propósitos distintos al de denunciar hechos delictivos que vivenció, sin que la defensa lograra derruir su verosimilitud y desvirtuara los aspectos esenciales de los señalamientos en contra del acusado”, se lee en la providencia.
Según el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, el exmagistrado implicado, a conciencia de la prohibición de recibir dinero de alguien que tenía interés en las resultas del trámite seguido en contra de Mejía Múnera, así obró, proceder con el que afectó la administración pública al abandonar la probidad, transparencia, imparcialidad y objetividad que deben guiar su ejercicio. Por el contrario, priorizó y privilegió intereses particulares del postulado, poniéndole precio a la loable misión de administrar justicia, razón por la cual incurrió en el delito de cohecho propio.
La Corte también encontró probado que, en el año 2018, cuando Marco Tulio Quintero Cano fue llamado a interrogatorio por la Fiscalía en virtud de labores investigativas por actos de corrupción en el contexto de la justicia transicional, el abogado puso en conocimiento de Eduardo Castellanos Roso esa circunstancia. En ese marco, el exfuncionario judicial prometió y entregó dinero al profesional del derecho para que este no declarara la verdad de lo ocurrido y no lo involucrara en los interrogatorios a los que había sido citado.
Por lo anterior, para la Sala, Eduardo Castellanos Roso además incurrió en el delito de soborno en la actuación penal pues pretendió evitar su involucramiento en la venal conducta que mancilló a la administración de justicia, la cual resultó obstruida por el proceder doloso del exmagistrado.
 
La decisión de la Sala Penal ratifica así la condena proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema, quien le impuso a Castellanos Roso las penas de 100 meses y 16 días de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso y multa de 625,02 salarios mínimos legales mensuales vigentes, negándole cualquier mecanismo sustitutivo de la pena privativa de la libertad.
 
Ver la providencia: https://acortar.link/ICn35i

Corte Suprema de Justicia

Dirección:

Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, Bogotá D. C. – Colombia

Horario de atención:

Lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.  y de 2:00 p. m.  a 5:00 p. m.

Teléfono de Conmutador:

Directorio Telefónico: