“Una sociedad que calla, que duda o que sanciona socialmente a quien ha tenido el valor de hablar, se convierte en cómplice de esa violencia o abuso”: Sala de Casación Penal

Foto: Corte Suprema de Justicia

Bogotá, D.C., martes 17 de junio de 2025. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, confirmó la decisión del Tribunal Superior de Bucaramanga que condenó a un procesado por el delito de actos sexuales con menor de catorce años e hizo un enérgico llamado para no estigmatizar a las víctimas.

La menor de edad se encontraba en la casa de una vecina en Girón (Santander) cuando el padre de su amiga le hizo tocamientos ilegales y la amenazó para que no contara lo sucedido. En primera instancia el hombre fue absuelto y luego el Tribunal Superior de Bucaramanga lo condenó.

El proceso llegó a la Corte Suprema de Justicia que al revisar el expediente evidenció la estigmatizada que sufrió la menor hasta el punto de tener que cambiar de colegio lo que se convirtió en un hecho de revictimización.

“Así, la afectación que sufre un menor de edad víctima de este tipo de delitos no se agota con el acto violento o abusivo, pues es común ver que estos queden expuestos al rechazo social, a la estigmatización, a la autoexclusión y a otras formas de revictimización que prolongan su sufrimiento y que pueden acompañarlos durante toda la vida”, señaló la Sala. Y lamentó que esas agresiones provengan de entornos en los que los menores de edad esperan protección y contención, como la escuela, la comunidad y el propio sistema judicial.

“Tras denunciar un acto de violencia sexual, Y.N. fue rechazada y estigmatizada en su colegio, pues sus compañeros de escuela la llamaban «la violada»; su credibilidad fue cuestionada por sus profesoras y por la mamá de su mejor amiga; tuvo que cambiar de colegio por no encontrar allí las mínimas garantías de dignidad y respeto e incluso, perdió a su mejor amiga. De modo que, lejos de ser protegida, dada su extrema vulnerabilidad, fue revictimizada y acosada por parte de personas que integraban su entorno escolar y social, y de quienes ella esperaba encontrar algún tipo de respaldo”, se lee en la sentencia.

Igualmente señaló que una sociedad que calla, que duda o que sanciona socialmente a quien ha tenido el valor de hablar, se convierte en cómplice de esa violencia o abuso: “el respeto por la dignidad humana de los menores de edad exige que los jueces y la comunidad comprendan adecuadamente el profundo contenido de injusticia de esos actos y la reprochabilidad que conllevan. Por ello, la Corte exalta el valor que Y.N.D.M. demostró al defender sus derechos y presentar su caso ante la justicia, a pesar de los numerosos obstáculos que debió enfrentar para ello”.

Finalmente señaló que la sanción penal no solo se justifica como respuesta al quebrantamiento del ordenamiento jurídico, sino como un acto de reparación simbólica y social. Reprochar este tipo de conductas permite reafirmar que los derechos de los niños, niñas y adolescentes son preferentes e inviolables y que la justicia no es indiferente a su sufrimiento.

Ver la decisión: https://acortar.link/9Uvum6