Alimentos futuros de las personas con discapacidad física y mental

Tema:

Vulneración del derecho al debido proceso en la providencia proferida por el Juzgado Segundo de Familia de Ejecución de Sentencias de Bogotá, mediante la cual dio por terminado el proceso ejecutivo de alimentos por pago total de la obligación y ordenó levantar las medidas cautelares, sin dar cumplimiento a la obligación del demandado de prestar caución para asegurar el pago de las cuotas correspondientes a los 2 años siguientes, prevista en el inciso 4.° del art. 129 de la Ley 1098 de 2006, ni las demás normas que le obligaban garantizar los alimentos futuros de la alimentaria, quien sufre una discapacidad física y mental 

Consulte aquí el contenido completo de la sentencia  (STC2617-2024)

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