CONCURSO - Dosificación punitiva: límites del incremento hasta en otro tanto
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CONCURSO – Dosificación punitiva: límites del incremento hasta en otro tanto
CONCURSO – Dosificación punitiva: criterios a tener en cuenta, la suma aritmética de las penas individualmente consideradas solamente está prohibida cuando el incremento punitivo sobre la pena del delito más grave, exceda el otro tanto
La Sala de Casación Penal se pronunció, de manera oficiosa, frente a la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que confirmó la impartida por el Juzgado 42 Penal del Circuito con función de conocimiento de la misma ciudad, mediante la cual condenó, vía preacuerdo, a SLAM, EKCM, SMMB e IAB, a título de coautoras, y a EDRH como determinador, del delito de lesiones personales dolosas.
En tal sentido, la Corte casó oficiosa y parcialmente la sentencia de segunda instancia, para redosificar la pena de prisión imponible a los procesados; al considerar que, el juez de primera instancia, al momento de asignarla por los delitos concursantes de manera homogénea, desconoció la regla de “hasta en otro tanto”; al superar el doble de la sanción fijada para el delito más grave, con lo que infringió el principio de legalidad.
Consulte aquí el contenido completo de la sentencia SP091-2024(62266).pdf
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