CONTAMINACIÓN AMBIENTAL - Antijuridicidad: en el caso de vertimiento de mercurio en la ribera y el corriente fluvial

Temas:

  • CONTAMINACIÓN AMBIENTAL – Antijuridicidad: en el caso de vertimiento de mercurio en la ribera y el corriente fluvial
  • CONTAMINACIÓN AMBIENTAL – Comercialización y uso del mercurio: normativa aplicable
  • CONTAMINACIÓN AMBIENTAL – Agravado: área protegida o de importancia ecológica, la Fiscalía debe acreditar que el área tiene esas características
  • EXPLOTACIÓN ILÍCITA DE YACIMIENTO MINERO Y OTROS MATERIALES – Configuración: utilización de dragas y demás equipos mecánicos
  • VARIACIÓN DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA – Improcedencia: condenar por un delito doloso a quien se le imputó uno preterintencional o culposo
 

La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de casación interpuesto por la defensa de JIMP, contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, que revocó el fallo absolutorio emitido por el Juzgado Promiscuo del Circuito con Función de Conocimiento de El Bagre y, en su lugar, lo declaró penalmente responsable del punible de contaminación ambiental agravada, en concurso heterogéneo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. La Sala casó parcialmente la sentencia condenatoria y, en consecuencia, recobró vigencia la providencia de primer grado que absolvió al recurrente por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; decisión que se hizo extensiva al procesado no recurrente VAB. De otro lado, revocó parcialmente el fallo impugnado, por lo que recobró vigencia la sentencia de primer grado que absolvió a 8 de los procesados por el delito de contaminación ambiental culposa agravada. Por último, confirmó parcialmente la providencia que, por primera vez, condenó al recurrente, en el sentido de declarar que la condena se profería por el delito de explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales; decisión que se hizo extensiva al procesado no recurrente VAB. Para el efecto, la Sala de casación Penal estudió los elementos estructurales del delito de contaminación ambiental, advirtiendo que, la calificación jurídica sobre la cual versaría la decisión sería la del artículo 332 del Código Penal, modificado por el artículo 34 de la Ley 1453 de 2011; vigente para la fecha de los hechos; pues, en la actualidad, ese canon 332 establece el punible de explotación ilícita de yacimiento minero y otros minerales. Al respecto, sostuvo que, la aplicación del artículo 332 del Código Penal a la conducta endilgada fue indebida, pues, por un problema de insuficiencia probatoria atribuible al ente instructor, no se acreditaron la totalidad de los requisitos típicos del delito de contaminación ambiental. Ahora bien, para el caso de los enjuiciados JIMP y VAB, a quienes la Fiscalía formalmente acusó como coautores del punible de contaminación ambiental dolosa agravada, la Sala consideró satisfechos los requerimientos necesarios para variar la calificación típica estimada por el ad quem y condenarlos por el delito de explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales, previsto en el artículo 338 del Código Penal vigente para el momento de los hechos. Sin embargo, en el caso de los demás coprocesados, como la acusación se efectuó por el mismo delito, pero se atribuyó en su modalidad culposa, y, el de explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales no admite esa modalidad –ni en la legislación vigente para la época de los hechos, ni en la actual–; no era viable variar la calificación jurídica y emitir Boletín Jurisprudencial Sala de Casación Penal Diciembre 07 de 2023 n. º 11 El contenido de este boletín es un extracto de carácter informativo. Se recomienda revisar directamente las providencias en: http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml 2 condena por un punible, en teoría menor al incluido en la acusación, razón por la que, fueron absueltos.

Consulte aquí el contenido completo de la sentencia SP441-2023(54837) 

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