Temas:
- TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Elementos: verbos rectores, llevar consigo, intención de suministro, sin fines de comercialización
- TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Se configura: con el suministro a cualquier título -gratuito u oneroso- de la sustancia estupefaciente
- TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Consumidor: dosis compartida
- TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Consumidor: dosis compartida, no hay afectación a la salud pública
- TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Elementos: verbos rectores, llevar consigo, elemento subjetivo, intención de suministrar y compartir la sustancia, puede ser conducta atípica
La Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación promovido por el defensor de L.C.I.G. en contra de la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante la cual confirmó -con modificaciones- el fallo emitido por el Juzgado 27 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esa ciudad, condenando a la mencionada procesada como autora del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Lo anterior, al considerar que, la Fiscalía no logró desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada, generándose una duda sobre su responsabilidad.
Para el efecto, la Sala, reiteró su jurisprudencia relativa al porte de estupefacientes con fines de suministro, sin intención de distribución ni comercialización, en el que la conducta resulta atípica debido a la ausencia del elemento subjetivo diverso al dolo exigido para su tipicidad.
Al respecto, sostuvo que, el suministro a la persona con quien se posee una estrecha relación vital o el suministro para consumo compartido, son equiparables al consumo individual, debido al carácter autónomo y espontáneo de los consumidores y a la relación horizontal existente entre ellos.
Ello por cuanto, el peligro generado para la salud es meramente individual, y por consiguiente, no alcanza el carácter público que caracteriza al bien jurídico protegido por el artículo 376 del Código Penal. [SP228-2023(60332)]
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