HOMICIDIO CULPOSO – La velocidad a la que conducía el enjuiciado puede probarse con base en cualquier medio legal
- En el examen que condujo a la inadmisión de la demanda, la Corte precisó que, atendiendo al sistema de libre valoración probatoria dominante en el sistema jurídico nacional, la acreditación de la velocidad del vehículo que conducía la persona enjuiciada por Homicidio Culposo en accidente de tránsito, puede obtenerse válidamente con cualquier medio legal, sin que la ausencia de prueba técnica al respecto impida llegar al convencimiento del Juez.
- Igualmente, recabó el concepto y presupuestos de invocación del yerro denominado falso juicio de existencia por suposición y develó la confluencia de la falacia formal de negación del antecedente en el planteamiento del recurrente. [AP4151-2018(52485)]
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