- De ninguna manera el trámite del proceso puede retrotraerse para que el fallador de primer grado la defina, cuando el asunto se encuentra en el Tribunal o en la Corte. [SP2169-2020(56166)]
Descargue el documento aquí: SP2169-2020(56166).pdf
Corte Suprema de Justicia
Descargue el documento aquí: SP2169-2020(56166).pdf