En la sentencia SC1643-2022, proferida por la Sala de Casación Civil sobre contrato de suministro, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:
✔️ Nulidad de órdenes de compra, por incurrir en fraude a la ley, al usar la figura societaria «Grupo Alúmina» y las propias empresas, para evadir el pago de los bienes, así como la consecuente desestimación de la personalidad jurídica de los convocados.
✔️ Inaplicabilidad del instituto de la desestimación de la personalidad jurídica societaria consagrado en el literal d) del numeral 5 del artículo 24 del Código General del Proceso, por ser posterior y no gobernar la controversia, pues los hechos de la contienda ocurrieron en el año 2011.
✔️ Los casos prototipo de desestimación de la personalidad jurídica están vinculados a la utilización de la sociedad para transgredir una disposición legal, causar perjuicios o evadir obligaciones contractuales, por un comportamiento atribuible a los socios o a los administradores.
✔️ Las diversas regulaciones adoptadas en la legislación mercantil patria, para instituir el levantamiento del velo corporativo, poseen marcadas diferencias, en materia de legitimación activa y pasiva, requisitos axiológicos, temporalidad, entre otros aspectos.
✔️ Antecedentes legislativos y marco regulatorio vigente.