En la sentencia SC3663-2022, proferida por la Sala de Casación Civil, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:
✔️ Contrato de seguro todo riesgo en construcción: deslizamiento de tierra en el predio en el que se construía el proyecto inmobiliario.
✔️ Incumplimiento de las garantías pactadas en la póliza de seguro, por parte de la constructora y que inciden inevitablemente en el estado del riesgo. Artículo 1061 del Código de Comercio.
✔️ Existencia de dos tipos de garantías: la carga que debe cumplirse coetáneamente a la celebración del contrato y aquellas que surgen con posterioridad al mismo, pero en todo caso deben ser cumplidas, previamente, a la perfección del contrato y o la ocurrencia del siniestro, según el caso, «sea o no sustancial respecto del riesgo».
✔️ Diferencias entre la agravación del estado del riesgo y el incumplimiento de garantías.
✔️ Doctrina probable. Luego de que sea establecida la existencia de un contrato válido que ligue a los contratantes, la labor del juzgador deberá estar dirigida a determinarla legitimación del actor.