- La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de impugnación especial interpuesto por el defensor de S.A.R.H. contra la sentencia de segunda instancia dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala de Decisión Penal, que revocó la sentencia absolutoria emitida por el Juzgado 1º Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Neiva, y como consecuencia condeno a la acusada como autora del delito de falsedad ideológica en documento privado y fraude procesal.
- La Sala, revocó la sentencia condenatoria impugnada, y en su lugar confirmo la decisión de primera instancia, mediante la cual se absolvió a la procesada de los delitos acusados.
- Lo anterior por cuanto, se infirió que entre las partes se suscribió un título valor como garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento, y por tanto S.AR.H. diligencio la letra de cambio con espacios en blanco, con el fin de lograr el pago de lo adeudado.
- De otro lado, la Sala consideró que, frente al delito de fraude procesal, el material probatorio no fue suficiente para aportar el grado de conocimiento exigido para condenar. [SP018-2023(60248)]
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