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- FUERO – Congresista: advenimiento de la condición foral, proceso que se seguía bajo la Ley 906 se adecúa a la Ley 600, las actuaciones cumplidas gozan de presunción de legalidad
- FUERO – Congresista: advenimiento de la condición foral, proceso que se seguía bajo la Ley 906 se adecua a la Ley 600, no es inmediato
- ACCIÓN PENAL – Coexistencia de legislaciones (Ley 600 de 2000 y 906 de 2004): características a tener en cuenta para la adecuación de los sistemas procesales, cuando ya ha iniciado la práctica de pruebas
La Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de apelación interpuesto por el fiscal 1º delegado ante la Corte y la defensa técnica de GEP, contra el auto proferido por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual, en la actuación seguida al acusado por el delito de prevaricato por acción, dispuso continuar la audiencia de juicio oral bajo el régimen procesal penal previsto en la Ley 906 de 2004.
La Sala confirmó la decisión, con la aclaración de que, una vez finalizada la práctica de pruebas decretadas en favor de las partes e intervinientes en el marco de la audiencia preparatoria, se ajuste la actuación al procedimiento fijado en la Ley 600 de 2000, tal como lo dispone el artículo 533 de la Ley 906 de 2004.
Para el efecto, sostuvo que, la Sala Especial de Primera Instancia acertó al negar ipso facto la adecuación de este procedimiento al establecido en la Ley 600 de 2000; sin embargo, se equivocó al sustentar que la actuación debía continuar bajo el trámite de la Ley 906 de 2004 hasta la ejecutoria de la sentencia, ya que, lo pertinente es concluir el período probatorio iniciado bajo los lineamientos de la Ley 906 de 2004, para, a su terminación, ajustar la actuación al procedimiento de la Ley 600 de 2000, de acuerdo con el artículo 624 del Código General del Proceso. [AP1460-2023(63476)]
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