FRAUDE DE SUBVENCIONES - Trámite legislativo
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- FRAUDE DE SUBVENCIONES – Trámite legislativo
- FRAUDE DE SUBVENCIONES – Elementos
- SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Principio de congruencia: variación de la calificación jurídica por el juez, procedencia, de fraude procesal a fraude de subvenciones
La Corte Suprema de Justicia, después de verificar que no se presentó solicitud de insistencia frente a la providencia que inadmitió la demanda de casación incoada por el defensor de LMNF contra la sentencia dictada en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, examinó ese fallo oficiosamente.
La Sala casó oficiosamente la sentencia analizada para, en su lugar, declarar que el delito cometido por LMNF corresponde al de fraude de subvenciones. Además, declaró la prescripción de la acción penal derivada de ese delito y, en consecuencia, decretó la preclusión de la actuación.
Lo anterior, en consideración a que, la procesada fue condenada por el delito de fraude procesal, pero la Ley 1474 de 2011, posterior a la comisión de los hechos, consagra el delito de fraude de subvenciones, el cual se adecua de una manera más precisa a los hechos jurídicamente endilgados a la incriminada, respeta, en todo, la congruencia fáctica y resulta más favorable para ella.
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