Foto: Corte Suprema de Justicia

HECHO SUPERADO EN LA ACCIÓN DE TUTELA - LA MORA JUDICIAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Título:

HECHO SUPERADO EN LA ACCIÓN DE TUTELA

 ·         Deber del juez constitucional de pronunciarse de fondo cuando se ha superado la vulneración, para evidenciar las inconsistencias constitucionales iniciales, alertar respecto de posibles recurrencias negativas y disponer acciones preventivas.

  

LA MORA JUDICIAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

  ·         La diferenciación de la mora judicial justificada de la injustificada, como argumento defensivo de los despachos judiciales que incumplen los términos legales y plazos razonables, vuelve insuperable la mora, dada la institucionalización histórica de la congestión estructural y objetiva en la administración de justicia

·         Insuficiencia del argumento defensivo basado en la histórica congestión judicial estructural y objetiva, como justificante de la mora judicial, para negar la violación de derechos fundamentales 

·         Estudio de inequidad en las cargas laborales y en el rendimiento en los despachos analizados de la Sala Penal de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial durante los últimos 4 años 

 

·         Mora judicial injustificada del magistrado titular del Despacho 003 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Pereira en resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa del accionante, privado de la libertad, contra la sentencia condenatoria emitida en su contra  (STP9335-2025)