Foto: Corte Suprema de Justicia

Terminación del contrato de trabajo por justa causa

Tema: 

      La terminación del contrato de trabajo por justa causa no constituye sanción disciplinaria, ni está sujeta a trámite previo, salvo que exista convenio en contrario, en el contrato de trabajo, en el reglamento interno, en la convención colectiva o en el pacto colectivo  (STL3855-2024)