SISTEMA PENAL ACUSATORIO - Notificaciones, citaciones y comunicaciones: por regla general se notifica en estrados, excepcionalmente a través de comunicaciones enviadas a las partes, ejecutoria de la decisión notificada

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  • SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Notificaciones, citaciones y comunicaciones: por regla general se notifica en estrados, excepcionalmente a través de comunicaciones enviadas a las partes, ejecutoria de la decisión notificada

  • SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Notificaciones, citaciones y comunicaciones: deber de la fiscalía de ubicar al procesado y del juez y el ministerio público de garantizar los derechos de las partes

  • NULIDAD – Derecho de defensa: no es convalidable

  • NULIDAD – Defensa material: se configura, cuando la no comparecencia del procesado a la audiencia pública de juzgamiento, obedece a obstrucción, negligencia o deficiencias administrativas del juez

  • La Sala Penal resolvió el recurso de casación interpuesto por el defensor de CJCP contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Yopal, que confirmó la sentencia condenatoria emitida por el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Monterrey-Casanare por el delito de actos sexuales con menor de 14 años.

     

    En este asunto, la Sala casó la sentencia de segunda instancia emitida contra CJCP, en el sentido de decretar la nulidad del proceso a partir de la audiencia de juicio oral, por cuanto, estimó que, se le vulneró el derecho de defensa material, al no haber sido citado debidamente al juicio oral; además, se afectó la estrategia defensiva, esto es, la defensa técnica, en la que se tenía previsto su testimonio durante el juicio.

     

    Al respecto, la Corte explicó que, la juez de primera instancia, no hizo lo necesario a su alcance para citar al procesado al juicio oral, tampoco desarrolló acciones para establecer el motivo por el cual el teléfono se encontraba apagado ni las razones de la devolución de los oficios enviados a su lugar de residencia; tampoco, utilizó los medios dispuestos por la ley para hacer efectiva la citación del procesado a rendir testimonio.

  • Consulte aquí el contenido completo de la sentencia SP112-2024(63450).pdf 

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