LEY DE JUSTICIA Y PAZ – MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO: La sustitución no es procedente porque el postulado no es destinatario de la Ley 1786 de 2016
- Al revisar, vía apelación, la decisión de negar la sustitución de la medida de aseguramiento privativa de la libertad, la Corporación ratificó que fincar tal pedimento en disposiciones del sistema penal ordinario, no resulta procedente respecto de un postulado de la justicia transicional, dada la filosofía de la Ley de Justicia y Paz, que es ajena al sistema adversarial de la Ley 906 de 2004, así como a las normas que la modifican (Leyes 1760 de 2015 y 1786 de 2016). [AP4242-2018(52008)]
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