- La Sala de Casación Penal resolvió el recurso extraordinario de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público en contra de la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, que revocó la condena emitida por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de esa ciudad, y, en su lugar, absolvió a E.P.G. por el delito de acceso carnal violento agravado.
- En esta oportunidad, la Sala casó la providencia, con lo que recobró vigencia la condena emitida por el juzgado de primera instancia, al considerar que, el Tribunal incurrió en errores en el análisis de la prueba de cargo que le llevaron a predicar una duda razonable inexistente; en tanto, la información presentada por la defensa no desvirtuó lo expresado por la víctima sobre la ocurrencia de la violación, ni la intervención del procesado, a quien conocía suficientemente.
- Para ello, la Corte analizó los errores de hecho en que incurrió el ad quem, en las modalidades de falso juicio de identidad y falso juicio de existencia, así como la apreciación probatoria de los testimonios y la forma en que deben incluirse al juicio oral los documentos, según su contenido. [SP1774-2022(53025)]
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