Suspensión provisional de demolición en el sur de Bogotá

Corte Suprema entera a residentes de la Etapa 6 de la Urbanización El Peñón del Cortijo el inicio del trámite de la tutela que los puede afectar.

Bogotá D.C., 24 de noviembre de 2015. Al admitir el trámite de la acción de tutela interpuesta por la ciudadana Mery Ramírez Amaya, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decretó suspensión provisional de la orden de demolición y cancelación de los títulos de propiedad de los inmuebles ubicados en la Etapa 6 de la Urbanización El Peñón del Cortijo de Bogotá.

La determinación fue adoptada por la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 luego de acceder a la medida provisional con el fin de evitar la consumación de un perjuicio irremediable, para asumir el estudio de fondo del amparo solicitado con todos los elementos de juicio pertinentes, incluidas las respuestas de las autoridades distritales y judiciales involucradas, así como el conocimiento del caso por parte de los residentes de la urbanización y las demás personas que puedan verse afectadas con el desarrollo de la acción de tutela.

Entre otras disposiciones, la Sala ordenó al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Descongestión de esta ciudad aportar todos los documentos sobre los cuales fundamentó la decisión de disponer la citada demolición y la cancelación de los títulos de propiedad de los inmuebles de la urbanización.

 

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2015/11/Trámite-de-tutela.pdf»]Trámite de tutela

RESPONSABILIDAD DIRECTA Y SOLIDARIA DE LA IGLESIA

RESPONSABILIDAD DE LA IGLESIA

Responsabilidad directa y solidaria de la Iglesia Católica por acceso carnal abusivo a menores de edad cometido por sacerdote en ejercicio pastoral y espiritual.

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/novejuri/civil/SC13630-2015 (2009-00042-01).pdf»]

Descargue aquí la providencia SC13630-2015.

Restringir tratamientos de fertilización no implica constreñir el derecho de formar una familia

Bogotá D.C., 23 de noviembre de 2015. La falta de autorización para un tratamiento de fertilización in vitro no implica la restricción del derecho de los promotores a formar una familia con hijos, pues siempre está presente la posibilidad de acudir a la adopción.

Así lo precisó la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, al confirmar una decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que declaró improcedente la tutela a una pareja que pretendía que se ordenara a la institución para la cual trabaja asumir los costos de su tratamiento de fertilidad.

La Corte recordó que dichos procedimientos médicos están excluidos del Plan Obligatorio de Salud (POS) y no conforman una obligación a cargo del Estado.

“…Siempre está presente la posibilidad de acudir a la adopción siguiendo la tradición romana y auscultando la principialística del Código Civil patrio. Adviértase, también el parentesco civil, fincado en la adopción, en forma inquebrantable, autoriza forjar la familia”, subraya la providencia.

La Sala de Casación Civil reiteró que el alto costo de este tipo de tratamientos supone una disminución en el cubrimiento de otras prestaciones prioritarias.

De igual forma, la sentencia advierte a la pareja puede insistir con el tratamiento de fertilidad, como lo ha hecho hasta el momento, debido a que en el proceso se evidenció que cuenta con recursos económicos para continuar con ese procedimiento en instituciones particulares.

Convocatoria 02 Consejo de Gobierno Judicial

Por el cual se convoca a  todas y todos los profesionales colombianos interesados en postularse para ocupar el cargo de Gerente de la Rama Judicial

CONSEJO DE GOBIERNO JUDICIAL

CONVOCATORIA PÚBLICA NO. 02 DE 2015
POSTULACIÓN PARA EL CARGO DE GERENTE DE LA RAMA JUDICIAL

 

Consulte la Convocatoria Pública Nº 02 de 2015, por el cual se convoca a  todas y todos los profesionales colombianos interesados en postularse para ocupar el cargo de Gerente de la Rama Judicial, por un periodo de cuatro (4) años  de conformidad con los artículos 15 modificatorio del artículo 254 de la Constitución Política y 18 transitorio del Acto Legislativo 02 de 2015, para que participen en el proceso de elección que se regirá por los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito.

 

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Corte falla contra universidad que inadmitió a un joven que no podía oír

REVISTA SEMANA, NACIÓN. PUBLICADO EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2015, 20:48

La Corte Suprema le recordó al Ministerio de Educación que es su obligación garantizar que estudiantes con discapacidad auditiva cuenten con la asistencia de intérpretes.

Aunque parezca increíble, hay entidades y organismos privados que siguen promoviendo la discriminación de personas que padecen algún tipo de discapacidad. Las universidades, sorprendentemente, son unos de los escenarios  dónde se sigue gestando esa desigualdad. Así lo evidencia un fallo de tutela en el que la Corte Suprema de Justicia pide corregir esa situación.

En la decisión, la Sala Civil del alto tribunal le recordó al Ministerio de Educación cuál es su deber legal en casos como estos. Por eso, le indicó que es la autoridad responsable de garantizar que estudiantes con discapacidad auditiva puedan ser asistidos por intérpretes al servicio de las instituciones educativas.

La alta corporación se pronunció así frente al drama que vivió un joven de 22 años al que se le impidió el acceso al programa de gastronomía que ofrecía una universidad de Bogotá por el déficit auditivo que padece. Aunque la institución niega que sea esa la razón, la Corte indicó que sí lo es y que se trata de un caso de discriminación, que además viola los derechos a la educación y a la igualdad del estudiante.

El tutelante es un joven de solo 22 años que buscaba matricularse en el programa de gastronomía que ofrece la Universidad Agustiniana de Bogotá. Él padece de un problema de discapacidad auditiva que le ha generado una pérdida de la capacidad laboral de más del 50 %. Por eso, cuando presentó la entrevista para tratar de acceder a un cupo, lo hizo a través de de una acompañante.

Los resultados de la entrevista obligarían al adolescente a renunciar a su sueño de ser un profesional en gastronomía, al menos en esa institución. Esta rechazó su solicitud de ingreso por considerar que sus respuestas no eran producto de la expresión de su voluntad sino la de su acompañante.

Pero, a pesar de haber fracasado en este primer intento, el joven no se rindió. Interpuso una acción de tutela en la que buscaba ser admitido en el programa y que se le garantizara la asistencia de un intérprete.

La Corte Suprema le dio el sí. Además, reprochó la decisión de la universidad de no admitirlo en ese programa académico, al considerarlo un caso de discriminación a las personas discapacitadas. Por eso, ordenó matricularlo y contratar un intérprete, que le permita a este estudiante superar cualquier problema de comunicación.

“(…) Si la entidad accionada en sede impugnación aduce que la inadmisión del interesado se determinó porque este no cumplió con el perfil profesional para el programa de gastronomía, según la última entrevista realizada, ello ineludiblemente tiene que ver con dicha discapacidad, pues el establecimiento educativo de educación superior estableció que no tenía la suficiente vocación a partir de lo expresado por una ‘intérprete’ improvisada”, dice la sentencia.

Además, advirtió que ni el Ministerio de Educación ni la Universidad Agustiniana de Bogotá pueden desconocer su responsabilidad de garantizar la presencia de personal que, ante la llegada de estudiantes que sufran de discapacidades, estos no tengan que enfrentar ninguna barrera que sea consecuencia de su padecimiento.

“De los citados preceptos normativos se extrae, sin lugar a equívocos, que los establecimientos que prestan el servicio de educación, ya sean privados o públicos, tienen el deber de suministrar el servicio de guías intérpretes a las personas con discapacidad que accedan a los programas académicos ofertados”, concluyó la Corte.

http://www.semana.com/nacion/articulo/corte-reclama-universidad-agustiniana-por-no-admitir-joven-sordo/449684-3

Tutela a estudiante universitario con discapacidad auditiva

Universidades no pueden impedir el ingreso de estudiantes con discapacidad a programas académicos por razones de su padecimiento: Corte Suprema de Justicia

Bogotá D.C., 12 de noviembre de 2015. Aunque las instituciones de educación superior están regidas por el principio constitucional de autonomía universitaria (art. 69 C.P.), su funcionamiento está supeditado al cumplimiento de los demás preceptos constitucionales y legales, en virtud de lo cual no pueden impedir el acceso de una persona discapacitada a sus programas educativos por razones atribuibles a su padecimiento.

La advertencia fue hecha por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, al ratificar la tutela de los derechos fundamentales a la igualdad y a la educación inclusiva de un joven de 22 años, con discapacidad auditiva, aspirante a la Tecnología en Gastronomía de una universidad capitalina.

Según la providencia, durante el transcurso de la demanda se constató que la inadmisión del accionante se produjo por razón de su condición física, pues en la evaluación de ingreso se advierte la transgresión de dichas garantías fundamentales.

 “…Ello ineludiblemente tiene que ver con dicha discapacidad, pues el establecimiento educativo de educación superior estableció que no tenía la suficiente vocación a partir de lo expresado por una ‘intérprete’ improvisada, como lo fue la persona que lo acompañó a la entrevista, lo cual evidenció problemas de comunicación y entendimiento para exteriorizar los intereses reales del aspirante, contingencias que, sin lugar a dudas, no pueden ser endilgadas al aspirante, dado que él es quien sufre la discapacidad, y por ende, merece un trato especial”, consigna la decisión.

De acuerdo con el diagnóstico de la EPS a la que está afiliado el demandante, tiene una pérdida de la capacidad para trabajar de 50.85%, debido a la hipoacusia neurosensorial bilateral profunda que padece.

Frente a los hechos y la solicitud de amparo, la Corte confirmó las órdenes impartidas en primera instancia por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá, en el sentido de disponer la admisión del estudiante expidiendo el correspondiente recibo de matrícula, y que se contrate un guía-intérprete que acompañe las labores educativas del accionante durante su etapa de formación profesional, en la medida en que cumpla con el pénsum. Así mismo, el Ministerio de Educación Nacional deberá asignar un guía-intérprete para las actividades extracurriculares que requiera el accionante, para garantizar el acceso y permanencia en el sistema de educación superior.

No obstante, la Sala de Casación Civil precisa que estas disposiciones, emitidas y relacionadas a la asignación de los guías-intérpretes, se encuentran supeditadas a que el interesado se haya matriculado de manera efectiva en el programa académico señalado e inicie sus estudios en la universidad.

“Que cese el fuego” piden de nuevo desde la Corte Suprema

REVISTA SEMANA. NACIÓN. PUBLICADO EL 6 DE NOVIEMBRE DE 2015 21:00

“Que cese el fuego”, dijo el presidente de la Corte Suprema, Leonidas Bustos, en lapidaria evocación de las palabras con las que el pueblo colombiano recuerda a su inmolado homólogo Alfonso Reyes Echandía. Para él, ya no con las armas, la justicia sigue igual de amenazada que hace 30 años.

Aunque no hizo referencia explícita a lo que quiso retratar con su evocación, la sentencia de Bustos parece inequívoca: un poder público amenazado por varios estamentos sociales. Por eso pidió a la sociedad rodear a sus jueces, ante la arremetida de la que, según parece leerse en sus palabras, viene siendo víctima la rama jurisdiccional.

“Señor presidente, una vez más como hace treinta años le exigió angustiosamente nuestro presidente de la Corte Suprema de Justicia al presidente de aquel entonces, pido ahora, para el bien de Colombia: cese al fuego”, dijo eufórico el togado.

En su discurso, dejó ver que la situación que hoy vive la justicia no está lejana de los hechos luctuosos que se conmemoran este viernes y sábado. Para él, la fuerza de las armas que con toda su furia se desató esos días contra el Palacio de Justicia es equiparable a la que viven hoy las instituciones que en él operan.

El jurista aprovechó su turno al micrófono para saludar a los familiares de las víctimas y honrar la memoria de sus seres queridos. Se mostró satisfecho por encontrar en este acto la oportunidad para que la institucionalidad se congraciara con personas que por décadas han vivido el lastre de llorar a los muertos que aparecieron, como a los que no. Para él, es el momento de reconocer, pedir perdón y reconciliarse.

El escenario no fue igual de constructivo para algunos de los familiares de los desaparecidos. «¿Cómo perdonar a quien no ha pedido perdón?», se preguntó indignado Héctor Beltrán, padre de una de las víctimas. Para él, esa posibilidad seguirá siendo remota, mientras el presidente de la época, Belisario Betancur y sus ministros no le expliquen al país lo que realmente ocurrió en las 27 horas que duró la toma.

Don Héctor, papá del desaparecido Héctor Jaime Beltrán, no se cansó de reclamar justicia y verdad. A nombre propio y el de los demás familiares, sostuvo que siguen sin explicarse el por qué quienes tenían el deber de defender la vida de los suyos no solo no lo hicieron. Los desaparecieron y luego se dedicaron a “empañar mancillar ensuciar y agredir la memoria” de los suyos.

En similar sentido se expresó Alejandra Rodríguez, quien solo contaba con un mes de nacida cuando su padre, que administraba la cafetería del Palacio de Justicia, se convirtió en uno de los 11 desaparecidos. Se mostró frustrada por tantos años de silencio de las instituciones. Para ella es inadmisible que haya tenido que mediar una condena internacional, como la que le impuso la CIDH al Estado colombiano, para que los estamentos oficiales se vieran forzados a reconocer su responsabilidad por estos dolorosos hechos.

«Por nuestros muertos ni un minuto de silencio», dijo Alejandra en alegoría a la memoria de su papá, Carlos Augusto Rodríguez. Como don Héctor, reconoció la labor decidida de los familiares, que durante tres décadas se han negado a renunciar a su búsqueda.

Con la intervención de otros familiares y la del presidente del Consejo de Estado, Luis Rafael Vergara, continuó el acto. Sus palabras, en las que resaltaron la honra y la memoria de los caídos, fueron el preludio del discurso de cierre, en el que el presidente Juan Manuel Santos pidió perdón en nombre del Estado, por la desaparición y muerte de los civiles que murieron durante la recuperación del Palacio.

http://www.semana.com/nacion/articulo/palacio-de-justicia-la-corte-suprema-pide-nuevamente-que-cese-el-fuego/448935-3

SISTEMA PENAL ACUSATORIO

SISTEMA PENAL ACUSATORIO 
    • Pruebas: admisión, rechazo y exclusión, se decide en la audiencia preparatoria, debe ser una decisión clara, expresa y precisa
    • Pruebas: admisión, rechazo y exclusión, se decide en la audiencia preparatoria, recursos contra esa decisión, oportunidad, principio de preclusión / NULIDAD – Convalidación de actos irregulares

 

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/novejuri/penal/AP5911-2015(46109).pdf»]

Descargue aquí la providencia AP5911-2015(46109)

Elegidos miembros permanentes del Consejo de Gobierno Judicial

Bogotá D.C., 9 de noviembre de 2015.  El Consejo de Gobierno Judicial eligió a los profesionales Juan Carlos Grillo Posada, Gloria Stella López Jaramillo y Laura Emilse Marulanda Tobón como los primeros miembros permanentes de dedicación exclusiva de este órgano de gobierno y administración de la Rama Judicial, creado por el Acto Legislativo 02 de 2015.

Juan Carlos Grillo Posada, elegido para el periodo de 4 años, es economista de la Universidad de los Andes, con formación en administración y políticas públicas de Harvard University. Cuenta con amplia experiencia en asuntos gremiales, dirección de empresas, proyectos empresariales, asuntos públicos y de gobierno. Consultor empresarial y de negocios que se ha desempeñado en altos cargos de los sectores público y privado, tales como director de la oficina del Gobierno de Colombia en México-Procolombia, presidente de la compañía de seguros La Previsora, consultor de la Organización de Estados Americanos (OEA), gerente de la Corporación Nacional para el Desarrollo de la Microempresa (Propaís), presidente ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo de Risaralda, asesor de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, gerente del Proyecto de Transporte Urbano para Bogotá, consultor independiente y jefe de Deuda Pública de Bogotá. Miembro de múltiples juntas directivas. Tiene entre sus reconocimientos el ser becario de la OEA (2001) y de la Inter-American Fundation y el nombramiento como Ejecutivo Joven de la Cámara Junior de Colombia-Capítulo Pereira (2001).

Gloria Stella López Jaramillo, designada para un periodo de 3 años, es abogada de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín con especialización en Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia Bolivariana. Cuenta con una experiencia de más de 27 años en el sector público, en los campos administrativo, financiero, de planeación y contratación estatal. Desde el 2008 se desempeña como magistrada de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia. Ejerció en encargo la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (octubre de 2000 a marzo de 2001) y ha sido directora ejecutiva seccional de la Dirección de Administración Judicial de Antioquia-Chocó (1993- 2008), subdirectora de esa dirección seccional, revisora fiscal de las Empresas Públicas de Medellín y laboró para la Secretaría General y la Comisión Permanente de Presupuesto del Concejo Municipal de Medellín. Entre sus reconocimientos está el Mérito Administrativo del Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia (1999). Ha sido, además, formadora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla del Módulo Juez Director del Despacho, Estructura y Cultura Organizacional, Optimización del Talento Humano desde 2007 hasta la fecha.

Laura Emilse Marulanda Tobón, elegida para un periodo de 2 años, es abogada, magister en Administración y especialista en Derecho Administrativo de la Universidad de Medellín, magister en Derecho del Programa de Gobierno Municipal de la Universidad Externado de Colombia y especialista en Gestión Pública de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP). Tiene una experiencia de 28 años en sector público en entidades como la Contraloría Departamental de Antioquia, la  Contraloría Municipal de Medellín, las personerías municipales de Guarne y Rionegro, la Contraloría Municipal de Itagüí. Fue contralora delegada para la gestión pública e instituciones financieras de la Contraloría General de la República y asesora en esta misma entidad, directora de la Oficina Jurídica de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare (Cornare) y Auditora General de la República. En la actualidad, ocupa el cargo de fiscal delegada ante los Tribunales Superiores. Catedrática de las universidades Católica del Oriente, de Medellín, Antonio Nariño y del Rosario. Autora de las obras El juez en el Estado social y democrático de derecho, Modelo de Gestión para el Control Territorial con Calidad y Camino a la Excelencia del Control Fiscal Territorial.

Conmemoración del XXX aniversario del holocausto del Palacio de Justicia

Bogotá D.C., 9 de noviembre de 2015. La Corte Suprema de Justicia realizó la conmemoración del XXX aniversario del holocausto del Palacio de Justicia, en jornada en la que se efectuaron actividades académicas, culturales, de reconocimiento de responsabilidad internacional y religiosas.

El programa se inició, el pasado viernes 6 de noviembre de 2015, con un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del caso Rodríguez Vera y otros (desaparecidos del Palacio de Justicia) en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (14 de noviembre de 2014), a cargo del presidente de la República Juan Manuel Santos.

Asimismo se efectuó una eucaristía en memoria de las víctimas en la Plaza Central del Palacio de Justicia y un foro sobre los significados del Holocausto, treinta años después de ocurrida la tragedia.

El acto de instalación de la conmemoración estuvo a cargo del presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Leónidas Bustos Martínez y del presidente del Consejo de Estado, Luis Rafael Vergara Quintero.

En desarrollo del programa de actividades intervinieron el ministro de Justicia, Yesid Reyes Alvarado; el director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Carlos Valdés Moreno; el vicepresidente (e) de la Corte Constitucional Luis Guillermo Guerrero; el escritor y periodista, Ramón Jimeno; René Guarín, en representación de los familiares de las víctimas; el ex magistrado José Roberto Herrera Vergara, integrante de la Comisión de la Verdad del Holocausto y el director del Museo Nacional de Colombia, Daniel Castro Benítez.

Las actividades conmemorativas concluyeron con la proyección de la película Siempreviva.