EXTRADICIÓN – La Sala de Casación debe verificar si el requerido fue o está siendo juzgado en Colombia por los mismos hechos y delitos que sustentan la solicitud
- Al resolver, entre otras, las solicitudes probatorias incoadas por la Representante del Ministerio Público dentro de un trámite de extradición, la Sala decidió variar el criterio relativo a la procedibilidad del decreto de pruebas tendiente a la acreditación de la existencia de doble juzgamiento, dejando en claro que la salvaguarda de los postulados de non bis in ídem y cosa juzgada, implica para la Corte el deber de verificar si respecto del requerido se aplicó o se está ejerciendo jurisdicción sobre el acontecer fáctico y delitos que sustentan el pedido. [AP4733-2018(52931)]
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