Bogotá, D.C., miércoles 9 de septiembre de 2020. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia informa a la opinión pública que, con ponencia del Magistrado Ariel Augusto Torres Rojas, declaró al Magistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, Carlos Andrés Vargas Castro, autor responsable de los delitos de prevaricato por acción, falsedad ideológica en documento público en concurso homogéneo y coautor de fraude procesal en concurso homogéneo, todos en concurso heterogéneo, previstos en los artículos 413, 286 y 453 del Código Penal, en los cuales concurre la circunstancia de menor punibilidad del artículo 55 numeral 1º.
En consecuencia, lo condenó a las penas principales de ochenta y tres (83) meses de prisión, multa de quinientos cuarenta y uno punto sesenta y tres (541.63) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la comisión del ilícito, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por setenta punto seis (70.6) meses.
Igualmente, dispuso negar al sentenciado la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la sustitución de la pena privativa de la libertad por prisión domiciliaria.
Para dar cumplimiento a la sanción de prisión impuesta, ordenó solicitar al Director del INPEC el traslado inmediato del doctor Vargas Castro a un centro penitenciario administrado por ese instituto, teniendo en cuenta las previsiones del artículo 29 de la Ley 65 de 1993.
Ariel Augusto Torres Rojas
Presidente de la Sala Especial De Primera Instancia
Consulte aquí el texto completo de la sentencia SEP100-2020 proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia:
SEP 100-2020 (2)