- La Corte profirió fallo de casación al haberse admitido la demanda promovida por la defensa de A.F.M.C., contra la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que revocó la absolutoria que emitiera el Juzgado 24 Penal del Circuito de Conocimiento de la misma ciudad.
- En esta oportunidad, la Sala no casó y confirmó la sentencia del ad quem que condenó, por primera vez, a A.F.M.C., como autor del delito de homicidio preterintencional agravado, para lo cual analizó los elementos, características y estructura de dicho punible, para concluir que las circunstancias agravantes del tipo doloso, son aplicables al tipo preterintencional; así mismo, aclaró los límites de la prueba pericial, su apreciación probatoria y la figura de la legitima defensa putativa o subjetiva. [SP899-2022(52000)]
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